"El agente donante de órganos y/o tejidos accedería al derecho de hacer uso de este beneficio con goce íntegro de haberes por el término que establezca la certificación médica expedida por autoridad sanitaria de salud pública provincial o nacional, convalidada por la Dirección de Reconocimientos Médicos de la Provincia o el órgano que en un futuro lo reemplace; el que no podrá exceder el plazo de 30 días", se indica en el texto.
El proyecto tiene en cuenta la sanción de la nueva Ley de Trasplante de órganos, tejidos y células, que lleva a establecer nuevas pautas de interacción en el marco regulatorio provincial. (Fuente: APF)