Política

Diputados sancionó la ley que regula a los cuidadores domiciliarios

Esta ley protege al cuidador, pero también al adulto mayor a quien se le garantiza una buena atención", destacaron. También aprobó un proyecto que facilita los amparos ambientales.
En una breve sesión, la Cámara de Diputados dio sanción definitiva a un proyecto de ley que regula la actividad de los cuidadores domiciliarios, que son quienes se desempeñan en "tareas de apoyo socio-sanitario de baja complejidad en los establecimientos asistenciales, geriátricos privados o domicilios particulares, a personas que por diversas patologías biológicas, psicológicas, físicas y/o sociales no puedan realizar por sí solas tareas de la vida cotidiana o requieran apoyarse en personal capacitado para realizarlas y cuya condición requiera atención personalizada con dependencia directa de la persona que las realice".

El proyecto fue impulsado por una referente de las cuidadoras domiciliarias y presentado por la ahora exdiputada Rosario Romero y el legislador José Allende, quien destacó que ahora se posibilita que "la formación de los cuidadores sea reconocida".

"Esta ley determina quiénes son los cuidadores, para qué están y a quiénes deben brindar servicio", explicó Allende, quien destacó que esta norma "protege al cuidador, pero también al adulto mayor a quien se le garantiza una buena atención".

Por su parte el diputado Alberto Rotman (Cambiemos) coincidió con los argumentos de Allende y adelantó el acompañamiento de su bloque: "Esto viene a poner justicia".
Amparo ambiental
Por otra parte, la Cámara de Diputados también aprobó un proyecto del diputado Jorge Monge (UCR en Cambiemos) que facilita las acciones de amparo ambiental.

El artículo 1º establece la derogación del Capítulo V de la Ley 8.369 incorporado por el art. 16º de la Ley 9.550 cuyos artículos 62º, 63º, 64º y 65º regulatorios de la acción de amparo ambiental, se reemplazarán por los siguientes: "Capítulo V.- Amparo Ambiental".

El diputado Monge dijo que esta norma "viene a ampliar esta herramienta procesal" y destacó que una de las modificaciones plantea que la acción de amparo se puede presentar contra "un hecho lícito o ilícito" que, por acción u omisión, anticipe la probabilidad de riesgo o daño ambiental".

Según la iniciativa estarán legitimados para interponer Acción de Amparo "las personas humanas, individual o colectivamente; las personas jurídicas; asociaciones no gubernamentales cuyo fin estatutario sea la defensa ambiental; el Defensor del Pueblo de la Provincia; el Defensor del Pueblo del Municipio o Comuna y el Estado Nacional, Provincial, Municipalidades o Comunas".

También dispone que "cuando la acción de amparo ambiental sea promovida por una Organización No Gubernamental dedicada a la defensa del ambiente, el trámite contará con beneficio de litigar sin gastos".

Otro de los puntos del proyecto aprobado dispone que "se puede dictar de inmediato una acción cautelar".

Por último, Monge indicó en la sesión que "se incorpora la herramienta de la audiencia de conciliación entre las partes".
Protocolo de prevención del delito de trata
Más adelante la Cámara de Diputados también aprobó un proyecto del diputado Gustavo Zavallo por el que se "reconoce como protocolo aplicable para los casos de Tráfico y

Trata de Personas, el Protocolo Interinstitucional e Intersectorial de Acciones

Destinadas a la Prevención, Asistencia y Recuperación de las Personas Víctimas del Delito de Trata".

Se establece que la autoridad de contralor es el Consejo de Prevención, Protección y Asistencia a las Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas.
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