Política Proyecto de reforma electoral

"La convocatoria a elecciones debe precisar la fecha", pidió Rogel

"El gobernador y el peronismo deben respetar la constitución", advirtió el dirigente radical, al manifestarse en relación al proyecto de reforma electoral que habilita al Ejecutivo Provincial a fijar la fecha de las elecciones.
El ex presidente del bloque de Convencionales Constituyentes de la Unión Cívica Radical, Fabián Rogel, se refirió al proyecto de reforma electoral que habilita al Ejecutivo Provincial a fijar la fecha de las elecciones.

"Frente a los proyectos que han enviado distintos legisladores del justicialismo o declaraciones de distintos dirigentes, no hay ninguna duda que el artículo 87, inciso 6to. es el que debe regir para la convocatoria a elecciones", advirtió el radical.

"No se puede entender cómo algunos dirigentes políticos puedan sostener que hay que `devolverle´ la facultad de colocar el día de las elecciones al gobernador de la provincia. Todos saben -aseveró el ex convencional- que una ley no puede modificar una manda constitucional como la que establece el artículo 87 inciso 6to, que establece que las elecciones serán fijadas mediante ley, o sea, a través de la Legislatura, y que esta, bajo ningún punto de vista, puede conferirle al gobernador una facultad que la Constitución establece que es propia de la Legislatura".

Según manifestó el dirigente radical, a través de un comunicado, "ya demasiado hemos tenido que esperar que el justicialismo vaya modificando la posibilidad de desdoblar o no las elecciones provinciales con las nacionales, para que encima, ahora la legislatura, violentando la Constitución, deje que el gobernador a su conveniencia y libre albedrío coloque la fecha de las elecciones en la provincia".

"El peronismo tiene la mayoría en la legislatura para establecer una fecha cierta. Tener a los entrerrianos en una situación de zozobra para que el gobernador establezca, de acuerdo a su conveniencia, la fecha de las elecciones en la provincia de Entre Ríos para los cargos electivos, hace letra muerta todo un capitulo que tuvo un gran consenso en la Convención Constituyente que es el capítulo referido al régimen electoral, que tiene en su artículo 29 una de las expresiones más precisas de lo que debe ser el sistema político en la Provincia de Entre Ríos", indicó Rogel.
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

NOTICIAS DESTACADAS