Además, aclaró que si uno de los integrantes del grupo familiar tuviera un ingreso superior a los 41.959 pesos, quedará excluido del cobro de las asignaciones. Antes este monto era de $ 47.393
Según el decreto, estos límites "no resultan aplicables para la determinación del valor de la Asignación por Maternidad", ni para los beneficiarios de la prestación por desempleo.
El Poder Ejecutivo recordó que en 2012, la expresidente Cristina Kirchner modificó las condiciones de acceso a las asignaciones familiares, considerando al grupo familiar a los efectos del pago, en lugar de los ingresos de un solo titular.
En consecuencia, indicó que ahora "resulta conveniente asociar el valor del límite de ingresos mínimo habilitante para la liquidación de asignaciones familiares, con el valor de la base imponible mínima previsional".
"Más aún, teniendo en cuenta que el Sistema de Asignaciones Familiares, en su faz contributiva, tiene como fuente primordial de financiamiento a las contribuciones patronales y está fundado en los principios de reparto", añadió.
La adecuación, según el texto oficial, permitirá "evitar la eventual captación indebida de prestaciones de la seguridad social cuando los importes de las remuneraciones son declarados por el empleador en forma ilegítima, por un monto inferior al mínimo".