Política Asesoramiento diferencial

Brindan atención especial a jubilados que tramiten exención de impuestos en ATER

Se trata de dos puestos específicos y una persona especialmente dedicada a la atención de jubilados y pensionados que se acerquen a tramitar la exención del impuesto Inmobiliario, supo Elonce TV.
Tras la disposición del gobierno provincial de eximir del impuesto Inmobiliario a jubilados y pensionados de menores recursos y titulares de única propiedad, desde la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) informaron a Elonce TV que se montaron dos puestos específicos para la atención personalizada a aquellos que se acerquen a tramitar el beneficio.

"Se montaron dos puestos específicos para la atención al jubilado, y una persona los atenderá y revisará la documentación que tienen que presentar, porque esta es una oficina de mucha concurrencia de público, y es por eso que se dará un tratamiento diferencial y especial al jubilado", explicó Marianela Jacob, desde el área de Interior de ATER.

"Es para no demorarlos y si les falta algún requisito, que puedan volver. Sino, se les tramita un poder para algún familiar y que no tengan que volver con estas altas temperaturas", agregó.

"Este es un beneficio para jubilados y pensionados provinciales y nacionales que tienen ingresos de hasta 17 mil pesos por grupo conviviente, y que sean titulares de vivienda única y residentes en ella", indicó Lucio Cabrera, al tiempo que aclaró que "aquellos familiares que puedan realizar el trámite a sus abuelos, tienen que contar con el formulario A55: un poder para que ellos puedan hacerlo".
Sobre los requisitos
- DNI y fotocopia del DNI del beneficiario solicitante
-Formulario ATER B71 completo (disponible en www.ater.gob.ar). El documento debe estar firmado por el jubilado titular y acompañado por un certificado de supervivencia y el DNI original
- Constancia de CUIT / CUIL / CDI del grupo conviviente
- Fotocopia del último recibo de sueldo y toda otra documentación que justifique ingresos del solicitante y su grupo familiar
-Un servicio a nombre del beneficiario donde conste el domicilio del inmueble o certificado de vecindad extendido por autoridad policial para inmuebles urbanos
-Copia del último aviso de vencimiento del impuesto.

"Es importante que estén al día con el impuesto", se aclaró. "Se han presentado casos de abuelos que debían alguna cuota del impuesto inmobiliario, por lo que en el mismo trámite pueden tramitar un plan de pago", instaron desde ATER.
En la oportunidad, se recordó que a partir de octubre de 2016 y diciembre de 2017 hubo un rempadronamiento con la exención del 50%.
Es por eso que aquel jubilado que hizo ese trámite y gozó de ese beneficio, automáticamente a partir del 1º de enero de 2018, esa exención es el 100%.

Y desde ATER se enviaron a los domicilios, los avisos de vencimiento en $0 con una leyenda en la que se le aclaraba del beneficio que tiene.

Finalmente, recomendaron estar atentos porque el plazo de la exención se extiende por dos años, para que cuando este acercándose el período de vencimiento, acercarse nuevamente con toda la documentación para renovar el beneficio.

Los contribuyentes o familiares también purden asesorarse de forma gratuita a través de la línea de Atención al Contribuyente, llamando al 0810-888-2837 de lunes a viernes de 8 a 13, o por correo electrónico a consultas@ater.gob.ar Elonce.com
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