Política Libertad condicional

El Gobierno propone reformar la Ley de Ejecución de Penas

Una de las modificaciones centrales que se pretende imponer tiene que ver con la idea de dar participación a la víctima en el control de la ejecución de la pena del condenado. Cómo se resolvería la libertad condicional.
La reforma judicial que anunció el gobernador Gustavo Bordet parece ir tomando forma a través de distintos proyectos legislativos.
Se habla de una reforma integral del Código Procesal Penal, de establecer límites a los juicios abreviados y de la puesta en vigencia del juicio por jurados, entre otras modificaciones posibles.

Otro tema que preocupa en los distintos estamentos es la sobrepoblación en las unidades carcelarias (algunos funcionarios hablan de "colapso"). La propuesta, en este sentido, va por dos caminos: por un lado, el gobernador anunció, por ahora sin precisiones, la necesidad de construir una nueva cárcel; y por otro, envió a la Legislatura un proyecto para modificar y modernizar la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, que data del año 2000, aunque con modificaciones parciales desde entonces.

La iniciativa surgió tras el femicidio de Micaela García, la joven estudiante de Concepción del Uruguay, perpetrado por Sebastián Wagner, que antes había sido condenado por la violación de dos estudiantes universitarias y que se encontraba bajo el régimen de libertad condicional.

Dice el proyecto, y así lo imponen los tratados internacionales de derechos humanos, que el objetivo de las penas restrictivas de la libertad es la readaptación de las personas, proteger a la sociedad del delito y reducir la reincidencia; y agrega: "Esos objetivos solo pueden alcanzarse si se aprovecha el período de privación de libertad para lograr, la reinserción de los ex reclusos/as en la sociedad tras su puesta en libertad, de modo que puedan vivir conforme a la ley y mantenerse con el producto de su trabajo". Para ello es determinante el recorrido que tengan en las unidades penales y el Estado tiene la obligación de garantizar la reinserción social del condenado.


El proyecto buscar adecuar la normativa provincial a lo que establece la Ley Número 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad y a los parámetros del nuevo Código Procesal Penal, que también está bajo análisis.

Para cumplimentar los objetivos de reinserción social de los condenados, se plantea la necesidad de realizar un amplio de personalidad de los condenados para establecer "un programa de tratamiento individual que tendrá en cuenta sus necesidades, capacidades etcétera" que le permita "desarrollar su sentido de la responsabilidad a fin de procurar una reinserción exitosa en la sociedad".

Una de las modificaciones centrales que se pretende imponer a la nueva ley tiene que ver con la idea de dar participación a la víctima en el control de la ejecución de la pena del condenado. "La víctima o quien acredite un interés legítimo en el proceso de ejecución deberá ser informado, a su solicitud, de las vicisitudes del cumplimiento de la pena por el interno y particularmente del régimen de salidas transitorias, libertad condicional o libertad asistida", se establece en uno de los artículos del proyecto.

Otra novedad que incorpora el proyecto es la creación de establecimientos penitenciarios mixtos, que estarán bajo la dirección de una "funcionaria encargada" y con la salvedad de que "ningún funcionario del sexo masculino podrá ingresar al pabellón de mujeres si no va acompañado por una funcionaria".

Sobre este punto también se puso de resalto en el proyecto que, en la medida de lo posible, las mujeres deberán ser alojadas en unidades penales emplazadas lo más cerca de su familia, para favorecer la vinculación.

La libertad condicional
El proyecto prevé también la creación en el ámbito de los ministerios públicos de tres fiscalías y tres defensorías "que tendrán competencia material en ejecución de penas y medidas de seguridad y competencia territorial en la jurisdicción de cada uno de los juzgados" de Paraná, Gualeguaychú y Concordia.

Serán los jueces de primera instancia quienes deberán resolver sobre las salidas transitorias de los detenidos, aunque previo a ello deberá contar con una propuesta de "la autoridad administrativa penitenciaria" y un dictamen del equipo técnico del juzgado. En esto no hay cambios respecto del modo en que, por ejemplo, recibió el beneficio de la libertad condicional Sebastián Wagner.

El juez puede conceder o no la libertad, y esa resolución puede ser recurrida por el propio condenado, por el fiscal o por el defensor ante la Cámara de Casación Penal; y si el planteo fuera rechazado, el interno tendrá derecho a que se realice una nueva audiencia en un plazo no mayor de seis meses. (El Diario)
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