Política Se promulgó la ley

Empresas de servicios deberán tener una oficina de atención por departamento

Obliga a "todas las empresas prestatarias de servicios de telefonía, de gas natural y de servicios eléctricos" a contar "con una oficina de atención personalizada, en al menos una de las ciudades de cada departamento de la provincia&qu
La norma lleva el Nº 10518 ya había sido sancionada en septiembre pasado por la Cámara de Diputados. Obliga a "todas las empresas prestatarias de servicios de telefonía, móvil o fija, de gas natural y de servicios eléctricos" a contar "con una oficina de atención personalizada, en al menos una de las ciudades de cada uno de los departamentos de la Provincia".

El objetivo de la norma es que los usuarios o consumidores puedan realizar reclamos y consultas en forma personal. Por eso, las oficinas deben estar en todos los departamentos.

Los domicilios de las mismas, como así también su horario de atención, deberán estar especificados en la facturación del servicio, en las páginas Web de las empresas y/o en cualquier otro medio de información y/o documentación propio", agrega la ley.

En tanto, las firmas que no cumplan lo dispuesto "serán pasibles de las sanciones previstas en la Ley Nacional N°24.240, sus modificatorias y demás disposiciones vigentes".


Plazos

La norma fue promulgada a partir de su publicación en el Boletín Oficial del día 11 de octubre. Por tanto desde esa fecha las empresas prestadoras de servicios contarán con un plazo de ciento ochenta (180) días para adecuar su estructura de atención al público.

Reglamentación

La reglamentación y autoridad de aplicación de la ley será determinada por el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor a noventa (90) días. (APF)
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

NOTICIAS DESTACADAS