Esto refiere al detalle del Anexo I, medida que quedó establecida a través del decreto 1652, fechado el pasado 3 de octubre del presente año.
Los trabajadores destacaron el gesto del intendente Sergio Varisco hizo lugar al reclamo sobre el cumplimiento del artículo 2 de la ordenanza; a través del documento, se identifica el adicional de carácter no remunerativo ni bonificable, a percibir por los conductores de vehículos, mientras se desempeñen en esa función.
El artículo 3 aclara que serán acreedores del adicional previsto, únicamente quienes cumplen en carácter permanente función de chofer y no podrá ser percibido por quienes perciban otro tipo de adicional, ya sea por las tareas que desempeñan, por el horario en que se desarrollan las mismas o por la dependencia a que pertenecen.
Las diferentes Unidades de Organización informaron el listado correspondiente de sus choferes para que se dé intervención a la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección de Liquidación de Haberes del personal respectivamente.