Política Diputados analiza proyecto en comisión

Proponen obligatoriedad de prioridad de atención a pacientes oncológicos

Asesores de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara de Diputados avanzan en un proyecto de ley. El objetivo es que sea "un beneficio durante su tratamiento".
El proyecto de ley, autoría del diputado Alejandro Echegaray (UCR, Buenos Aires), fue presentado en marzo de este año y, desde entonces, se encuentra en estudio de las Comisiones de Acción Social y Salud Pública, y Transportes.

Este miércoles, asesores de Salud en la Cámara baja se reunieron para anunciar algunos cambios en el artículo primero donde se establece la prioridad para pacientes oncológicos. En ese orden, "se agregarían las personas en cuidados paliativos, ya que son pacientes que no están en quimioterapia y se encuentran ante una situación que no es reversible", dijo a AIM la asesora del legislador.

La especialista agregó que la idea del proyecto es que se les dé transitoriamente a los pacientes este beneficio durante el tratamiento, y que sea temporal, es decir que, una vez que terminan el tratamiento, puedan reinsertarse y tengan una vida normal.

La iniciativa es analizada por asesores de Salud, que luego del visto bueno, le darán paso al debate de diputados, que deberán acordar dictamen. Este trámite también deberán hacerlo en la Comisión de Transporte, antes de su paso al recinto para la sanción correspondiente.

Detalles del proyecto

El texto al que tuvo acceso AIM dispone la obligatoriedad de otorgar prioridad a pacientes oncológicos en tratamiento, tanto en la atención en establecimientos públicos y privados, como en los viajes de corta distancia en transportes públicos o privados. Asimismo dichos pacientes podrán utilizar los espacios previstos para estacionamiento de vehículos por personas con discapacidad.

Se consideran pacientes oncológicos en tratamiento a todas aquellas personas con diagnóstico de cáncer que tengan que someterse a distintos procedimientos médicos.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación, que emitirá un certificado de "Paciente oncológico" con la presentación por parte del médico oncólogo de los estudios médicos que acrediten dicha enfermedad, a través de un trámite electrónico cuya modalidad será establecida en la reglamentación de esta ley.

El establecimiento privado que incumpla las obligaciones establecidas en la ley será pasible de una multa cuyo monto podrá variar entre uno y cinco salarios mínimos establecidos por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. (AIM)
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