En su resolución, el juez Rodríguez destacó que el balance "impide conocer en forma completa y real el origen y destino de los fondos de campaña".
El magistrado sostuvo que el PRO "no presentó los extractos bancarios de las dos cuentas declaradas y registradas en el Banco de la Nación Argentina, por lo que no se pudo hacer un análisis de las mismas", al tiempo que destacó que en ese balance faltan la "acreditación del origen y/o destino de los fondos recibidos por parte del presidente y tesorero del partido y los responsables políticos y económico-financiero de la campaña". Miguel Del Sel, Diego Barreto y Norberto Principato.
En sus considerandos, el juez señaló que los tres referentes del PRO nunca subsanaron las observaciones que le formuló la Cámara Nacional Electoral, omitiendo informar partidas pendientes de cobro provenientes de aportes públicos del año 2011 por 50.985,65 pesos; aportes públicos para boletas de diputados generales por el monto de 213.441,12 pesos; aportes por diferencia de Campaña Diputados Primaria por la suma de 5.188,88 pesos y un listado de aportes privados de 5.004 pesos.
La fundamentación de la decisión judicial se referencia en el artículo 63 inciso "b" de la ley 26.215 de financiamiento de los partidos políticos, que indica que "el presidente y el tesorero del partido y los responsables políticos y económico-financiero de la campaña serán pasibles de inhabilitación de seis (6) meses a diez (10) años" cuando "no puedan acreditar debidamente el origen y/o destino de los fondos recibidos".