Política En el Senado nacional

Tiene dictamen el régimen penal de las personas jurídicas

Después de un amplio debate, la comisión de Justicia y Asuntos Penales firmó el dictamen sobre el régimen de responsabilidad penal para las personas jurídicas por delitos cometidos contra la administración pública y cohecho transnacional.
El proyecto será tratado en el recinto la semana próxima.

"Nuestra responsabilidad en la Comisión fue la de garantizar la profundidad y amplitud del debate, que todas las partes fueran escuchadas y que el tema se analizara seriamente. Era importante que el texto elaborado fuera consensuado, fuera justo y esté correctamente redactado para que cumpla con su objetivo", expresó Guastavino.

El debate del proyecto de ley que tipifica la responsabilidad penal de las personas jurídicas comenzó en julio. "Durante 3 meses, desde la comisión convocamos a especialistas para analizar un proyecto que llegó con media sanción de Diputados y varios cuestionamientos. Era necesario abordar el debate con seriedad", señaló Guastavino.

Además de los senadores que integran la comisión, en el debate participaron fiscales, jueces y especialistas; representantes de las cámaras empresarias y funcionarios del gobierno nacional, como el Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Dr. German Garavano y la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, quien es su momento destacó que "esta es una ley anticorrupción, que busca fomentar un cambio en las conductas empresariales y promover la cooperación entre el sector público y el privado para la detección, la investigación y la sanción de estos delitos".

En su momento, Daniel Funes de Rioja, vicepresidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), señaló como "fundamental tener un régimen que tenga transparencia en la acción y en la gestión, y que las cuestiones a la corrupción estén perfectamente tipificadas".

La iniciativa fue propuesta por el Ejecutivo, en el contexto de la misión que la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) realizó en Argentina en marzo de este año para la implementación de la Convención Anticohecho, determinando la falta de legislación local en la materia.

"En la Comisión de Justicia después de importantes reuniones a donde vinieron los especialistas a acercar sus puntos de vista y sus reparos a la media sanción que vino de Diputados, arribamos a una síntesis que brinda las soluciones que nos permiten cumplir con las recomendaciones de la OCDE", concluyó Guastavino.

Las modificaciones del dictamen:

Producto del debate, el texto que llegó de Diputados recibió las siguientes modificaciones:

Delitos que abarca la ley: a) Cohecho y tráfico de influencias, nacional o transnacional, previstos por los artículos 258 y 258 bis del Código Penal; b) Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, previsto por el artículo 265 del Código Penal; c) Concusión, previsto por el artículo 268 del Código Penal; d) Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, previstos por los artículos 268 (1) y (2) del Código Penal; e) Balances e informes falsos agravados, previsto por el artículo 300 bis del Código Penal.

Sistema de Imputación: Se acordó que el mejor modelo para nuestro sistema penal era el modelo objetivo (también llamado "Vicarial"), que a su vez está contemplado en el artículo 304 del Código Penal.

Imprescriptibilidad de los delitos de corrupción: Este aspecto fue eliminado del texto ya que fue objetado por todos los juristas y jueces que participaron del debate.

Multas: se tomó como parámetro una pena de multa de dos (2) a cinco (5) veces del beneficio indebido obtenido o que se hubiese podido obtener.

PYMES: Del debate se concluyó que no existe ningún motivo para que una PYME que cometió un delito de los contemplados en la ley no sea sancionada por su actuar ilícito.
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

NOTICIAS DESTACADAS