Cuestión de interpretación
Así, con nuevas y viejas complejidades, empezó la tercera jornada de alegatos de apertura a cargo de las defensas (el martes comenzó Emilio Fouces) en el debate por supuestos hechos contra la Administración Pública, donde están imputados el ex gobernador, Sergio Urribarri, y ex funcionarios de sus gestiones y particulares. Velázquez sostuvo que, a partir del comienzo del juicio Fiscalía y defensas están en igualdad de condiciones, cuestionando la construcción que indicaría que solo la acusación llega para defender la “verdad”.Así, entendió que el juicio versará sobre la interpretación y valoración de la prueba, de la que más del 90 por ciento de las evidencias que se introdujeron por acuerdo probatorios son las mismas para ambas partes, tanto testimoniales como documentales; y sostuvo que se tratará de un problema de interpretación y no de “hecho y prueba”.
Velázquez cuestionó que se reduce el discurso jurídico penal a términos de política criminal, en detrimento de las personas. También señaló que Fiscalía construyó que la contratación directa era la regla, “porque acá está el quebrantamiento del deber positivo” de austeridad y transparencia en la administración, lo que sería peligroso para el proceso porque “se moraliza el derecho penal” con valoraciones que nada tienen que ver con el Derecho.
Así, propuso que a la acusación le molestaría el uso discrecional de ejercicio del poder del Estado, señalando que es una cuestión subjetiva, de gustos, que se podría cambiar armando un partido político o presentando un proyecto para modificar los procedimientos, de los que destacó que se siguen utilizando sin que haya propuestas alternativas.
Vulneración
El otro alegato que puso en crisis a los fundamentos de la acusación fue el de Miguel Ángel Cullen, que representa los intereses de siete imputados. El letrado sostuvo que la intervención de la contadora Corina Cargnel, según Fiscalía, estaría vinculada a otras empresas –distintas a las que se mencionó en la imputación- que habrían facturado “conceptos ficticios” y no fueron invitados a defenderse en este debate. Así planteó, con los mismos argumentos que vertió para la denominada causa de la vaca, la “imposibilidad de ejercer el derecho de defensa”.Cullen dejó solicitado que “se evalúe si seguir adelante con ambos procesos, con las falencias que acabo de demostrar impiden el derecho de defensa, y para el caso que se entienda que se puede perseguir en rebeldía o acusar o decir que son cómplices necesarios a personas que no han sido traídas a proceso, (como) impedir que este defensor pueda contar con la prueba de Montañana (Hugo Fernando, que fue separado de este debate por decisión del Tribunal ante la imposibilidad de estar presente por enfermedad), que como dije es profusa, importante y central para la tesis de la Fiscalía, y para la certeza que tiene esta defensa”. Cullen hizo expresa reserva del caso constitucional suficiente o caso federal suficiente, e hizo “mención a que, desgraciadamente, aquellas previsiones que planteábamos respecto de lo dificultoso que puede resultar la tramitación de este proceso se han ido comprobado, (Gsutavo) Tamay dio negativo al test rápido”. Concluyó su extenso alegato manifestando que “no hay forma, establecida la realidad de los sucesos investigados, que no se termine con la absolución de cada uno de los imputados”.
Forzada
Marcos Rodríguez Allende, que defiende a Juan Pablo Aguilera y la pareja de éste, Luciana Almada, anticipó que “el MPF exhibió inexactitudes, imprecisiones”, y “sobre todo, un claro posicionamiento subjetivo” para “forzar la prueba” a una determinada posición. “Interpreta inexorablemente hacia un lado cuando esa prueba demuestra otro abanico de posibilidades”, señaló. El letrado sostuvo que aquella “interpretación forzada” se fundaría en el hecho de que Aguilera es el cuñado de Urribarri, a quien “necesariamente” interesaría en “determinadas cuestiones”.Roles
Rodríguez Allende presentó alguna de las pruebas que profundizará durante el debate, consistente en demostrar que Aguilera, más allá de ser cuñado del ex gobernador, “tenía un rol preponderante, que no era en la función pública, en la gestión de gobierno, en la administración pública, en absoluto; ya lo dijo ante Fiscalía. El rol protagónico fue en el Partido Justicialista, como secretario administrativo, conocido por el MPF, esto se declaró y es parte de la tesis de la defensa, es importante tenerlo en cuenta”. Así, sostuvo que por aquel rol, Aguilera tenía una “vinculación necesaria, fluida y estrecha”, en su carácter operativo cada dos años por cuestiones electorales, con distintas empresas de publicidad. Relación vinculada con lo electoral y no con la gestión.Las defensas plantearon que los particulares imputados son personas con larga trayectoria en el rubro publicidad, descartaron la acusación sobre una supuesta “cartelización” de la publicidad estática, destacaron que las empresas operan en el mercado desde antes de que Urribarri accediera a la Casa Gris, que están inscriptas legalmente y tributan. Incluso Cullen informó que una empresa, previo a la investigación que se está dirimiendo en este debate, realizó la cartelería que caracterizó al MPF durante un largo tiempo.
Contralor
Por su parte, Ignacio Díaz, destacó que “no hubo ninguna observación” por parte de los organismos de contralor, como así tampoco fue necesario el dictado de decretos de insistencia por alguna observación, ni que se las haya realizado. Dijo que Tamay fue nombrado “específicamente para constatar el cumplimiento de las órdenes de publicidad especificado en el contrato de publicidad y se hizo mediante resolución de la Dirección General de Información Pública”, a cargo en aquella época de Baez. Sostuvo que se le adjudicó un vehículo “específicamente para la tarea de Tamay, para recorrer toda la provincia y constatar in situ el cumplimiento de las publicidades”. Como sus colegas defensores, sostuvo que las empresas cuestionadas “estaban inscriptas de acuerdo a las exigencias del Código Civil y Comercial”.Previo a que Cullen cuestionara el valor de la foto que generó que se calificara al legajo como la causa de la vaca, calificación que tiene su origen en una audiencia en la intervino el fiscal Santiago Brugo, Díaz sostuvo que “las fotografías eran agregadas por las empresas a modo ilustrativo, lo que certificaba Tamay era la certificación in situ de la obra contratada”.