La detención y los inicios de la causa
En la mañana de ese sábado se produjo una espectacular persecución policial, por parte de personal de la Dirección de Toxicología. Recorrieron varias cuadras, hasta terminar en la zona oeste. Se escucharon detonaciones de armas de fuego, y en la refriega, se logró demorar a los sospechosos, a los que se les encontró dos kilogramos de cocaína.
Desde la fiscalía en turno de los tribunales de Paraná, se dirigió el procedimiento, que concluyó con la detención de dos hombres y una mujer. La causa pasó, por las características del hecho, a la justicia Federal, y las tres personas que viven en Buenos Aires, se les dictó la prisión preventiva. A los dos hombres se dispuso el traslado a la cárcel de Paraná, y la mujer, quedó con domiciliaria. En medio de la investigación, se presentó un abogado con matrícula inhabilitada, y tras cometer otra serie de incidentes e irregularidades, fue detenido en los tribunales de Paraná.
El letrado estaba acompañado de personas que -se indicó- tenían relación con la barra brava de un equipo del conurbano bonaerense.
Falta de mérito
El juez federal Leandro Ríos, tras analizar las actas y las fojas, resolvió dictar la falta de mérito de los tres detenidos, por entender faltaba documentación esencial para garantizar el debido proceso del operativo. Los tres siguen ligados a la causa, pero en libertad.Los tres detenidos inicialmente fueron: Leonel Hurtado, Oscar Ayaviri y Mónica Serrudo. Los dos primeros oriundos de Buenos Aires, y la tercera nacida en Bolivia, pero afincada en Capital Federal.
El abogado de dos de los acusados, Claudio Berón, dijo a Códigos que estas personas que ahora fueron liberadas “no quedan sobreseídas, sino que tienen una falta de mérito que es una etapa intermedia entre el procesamiento y el sobreseimiento en sí. No se pudo imputar el delito a ninguna de las tres personas, básicamente porque el juez Ríos cuestiona la forma que se llevó a cabo el procedimiento policial”. “No sabemos bien porqué, eso es lo que dice el juez, se los persiguió, incluso con tiros de por medio, se los logra detener con dos kilos de cocaína, pero la actuación policial excedió de una orden judicial que, recordemos inició en la justicia provincial. Como el juez mismo lo dice en su resolutorio, esa orden nunca fue incorporada, nunca fue autorizada a realizarse esa actuación policial. Por eso el juez dice que no puede convalidar el actuar policial que se hizo sin aval judicial, con el Juez de Garantías provincial, que autorizó un primer procedimiento que luego no se volcó nunca; no está la resolución que lo autorizó”, mencionó Berón.
Subrayó que se esgrime que “hubo una denuncia anónima, pero estas con cuestionables, porque dan pie a que la policía, amparándose en una supuesta llamada anónima actúe discrecionalmente, es decir por decisión propia, sin la decisión de un juez”. Recordó que siempre la policía “debe dar noticia y fundamente antes de requerir un procedimiento policial, cuando uno invade la esfera de otra persona. En este caso no hubo siquiera testigos”.
Consultado sobre cómo estima que seguirá la causa, el abogado dijo: “Si no hay nada nuevo en este tiempo, terminará con el sobreseimiento de estas personas. Si no ocurre esto, lo vamos a solicitar”. Elonce.com.