Policiales En La Rioja

Tatuador acusado de "pornovenganza" fue condenado a cinco años de prisión

Se trata del primer juicio oral en la Argentina por la difusión de material sexual íntimo. Este caso fue clave para la Reforma del Código Penal y la inclusión de la "pornovenganza" o "pornoextorsión" como delito informático.
El tatuador Patricio Pioli fue condenado en La Rioja a cinco años de prisión por el delito de "coacción y lesiones leves calificadas" en contra de su expareja, en lo que fue el primer juicio oral en la Argentina por la difusión de material sexual íntimo, tipificado en el Código Penal como "pornovenganza".

Pioli fue condenado entre otros delitos por haber ejercido violencia de género contra Paula Sánchez Frega, y por filtrar fotografías y videos íntimos tomados por este cuando tenía una relación con ella. Este caso fue clave para la Reforma del Código Penal y la inclusión de la "pornovenganza" o "pornoextorsión" como delito informático, y el único que llegó hasta el momento a juicio oral y a partir de hoy una condena de cumplimento efectivo.

El condenado deberá además afrontar el pago de las costas del juicio.
Así lo resolvió el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional, presidido por la jueza Edith Agüero junto a los magistrados María Petrillo y Fernando Romero, que tuvieron a su cargo el juicio de un hecho denunciado en el 2017, que sirvió de base para incluir esta figura como delito informático en la Reforma del Código Penal.

Pioli, de origen sanjuanino y conocido en La Rioja como "El tatuador" por su trabajo, fue denunciado por Sánchez Frega por violencia de género y amenazas de difusión de material íntimo luego de finalizar su relación en el año 2016.

Paula dijo a la prensa que había padecido durante y después de su relación, permanentes episodios de violencia de género contra ella y también contra sus mascotas, y que fue revictimizada a raíz de haber hecho público Pioli el abuso de su abuelo paterno contra ella.
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