Policiales Presunto caso de "gatillo fácil"

Muerte en Capibá: la acusación por el caso Gusmán quedó a cargo de la querella

Se trata de una medida judicial que puede destrabar la investigación por el asesinato ocurrido en septiembre de 2018 en el barrio Capibá, por el cual están acusados dos miembros de la Policía de Entre Ríos.
En una resolución de este viernes del vocal de Juicio y Apelaciones Nº 9 de Paraná, José María Chémez, se rechazó el recurso presentado por la Fiscalía y se confirmó que en la causa por el homicidio de Gabriel Gusmán, la acusación esté en manos de la querella en forma autónoma. Se trata de una medida judicial que puede destrabar la investigación por el asesinato ocurrido en septiembre de 2018 en el barrio Capibá, por el cual están acusados dos miembros de la Policía de Entre Ríos.

En la parte resolutiva de su decisión, el camarista del Tribunal de Juicio y Apelaciones rechazó el recurso de apelación que había interpuesto el fiscal Juan Francisco Ramírez Montrull, en contra de la resolución dictada el 21 de abril último por la titular del Juzgado de Garantías N° 8, Elisa Zilli. Allí, la jueza había declarado la conversión de la acción pública en privada en este proceso.

Con esta definición, la parte querellante quedó habilitada para continuar con la acusación en forma autónoma, pese a la oposición del Ministerio Público Fiscal. La querella de la familia de Gabriel Gusmán es representada por los abogados José Iparraguirre y Lucía Tejera.
Al confirmarse lo dispuesto en primera instancia por la jueza Zilli, la acusación podrá avanzar sin la intervención de la fiscalía, la cual había en su momento -el 4 de noviembre de 2020- archivado la causa sin tomar declaración indagatoria a los policías que intervinieron en el operativo donde resultó muerto el joven paranaense. El argumento de los fiscales era que no habían encontrado elementos para probar un accionar por fuera de la ley por parte de los agentes Diego Íbalo y Rodrigo Molina.

La conversión de la acción pública en privada en un caso de homicidio es novedosa en el Poder Judicial de Entre Ríos. Fue un pedido de los abogados de la familia Gusmán, Iparraguirre y Tejera, quienes evaluaron la opción como una posibilidad de sacar a la causa del estancamiento en que se encuentra a casi tres años del hecho.
Caso archivado
El homicidio de Gabriel Gusmán ocurrió el 25 de septiembre de 2018 en el barrio Capibá, en un episodio que la familia de la víctima y los organismos de derechos humanos califican como un caso de gatillo fácil. Sin embargo la Fiscalía decidió archivar la causa más de dos años después, con el argumento de que los policías respondieron a una agresión en "legítima defensa" cuando intervinieron por un llamado al 911.

Además los fiscales Ramírez Montrull y Gonzalo Badano afirmaron que incidió la falta de preparación en el hecho de que uno de agentes mató al joven de un disparo en la cabeza.

Los fiscales también ordenaron "restituir las armas de fuego secuestradas al personal policial, por intermedio del funcionario que a tales efectos designe la Jefatura Central de Policía; y hacer entrega de la cartuchería incautada y sin utilizar a la Dirección Criminalística".
Argumentos a favor y en contra
El procurador general, Jorge Amílcar García, había rechazado la conversión de la acción púbica en privada: "Se trata de una situación de gravedad institucional, que hace al rol constitucional y convencional del Ministerio Púbico Fiscal, que no han delegado, ni pueden hacerlo", expresó el Procurador según transcribió Zilli en su resolución.

No obstante, la jueza sostuvo que no permitirle a la querella la conversión de la acción pública en privada y obligarla a esperar que la Fiscalía reabra la causa, implica un riesgo de que se extinga la acción penal. Esto significaría "tornar en letra muerta el derecho que la ley otorga a la víctima de continuar con la acusación en forma autónoma, a su riesgo, y tomando a su exclusivo cargo impulsar el trámite del proceso". A eso sumó que "resulta difícil suponer que puedan eventualmente 'aparecer' nuevos elementos que permitan modificar el criterio sustentado por la Fiscalía".

La jueza también sostuvo que la cuestión "involucra el derecho al acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva, que tienen rango constitucional por estar reconocidos en la CADH (Convención Americana sobre Derechos Humanos)" y "deben ser entendidos como el derecho que tiene el ofendido de un delito a poder acceder a un tribunal independiente en procura de justicia". (Uno)
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