Policiales Santa Elena

Condenaron a un hombre por delito de homicidio "en exceso de legítima defensa"

El santaelenense Alejo Sanabria, de 75 años, fue condenado por la Justicia de La Paz a la pena de dos años y seis meses de prisión condicional por el delito de homicidio en exceso de legítima defensa, en carácter de autor.
El imputado de 75 años, oriundo de Santa Elena, firmó un abreviado por dos años y seis meses condicional.

En el marco de un juicio abreviado, el hombre reconoció que mató a Brian Miño, de 25 años, en un episodio en el que "se defendió de un ataque a su vivienda a fines de 2016".

La sentencia fue dictada por el juez de Garantías y Transición de La Paz Walter Carballo, quien homologó el acuerdo de juicio abreviado que alcanzaron la Fiscalía, la defensa del imputado y la parte querellante.

La audiencia pública donde las partes informaron del acuerdo al magistrado se realizó el 1º de septiembre y la sentencia fue emitida al día siguiente. Sanabria es un jubilado conocido por el apodo de Nego, y tiene 75 años, detalla La Sexta.

En la resolución se remarcó que el jubilado y su sobrino sufrieron una agresión ilegítima y actuaron contra la persona que terminó muriendo.
El caso
En la imputación, se describió que el 28 de septiembre de 2016, aproximadamente a las 3, Osvaldo Emanuel Altamirano y Brian Gonzalo Miño comenzaron a arrojar ladrillos a la casa de Sanabria y que "luego de ello intentaron ingresar a la misma, propinándole patadas a la puerta de entrada con la finalidad de agredir a Ezequiel Ramón González". Este último es sobrino de Sanabria.

Aquella situación terminó del peor modo: "González y Sanabria salieron de la vivienda para defenderse de la agresión empleando el segundo de los nombrados una cuchilla despostadora, con hoja de aproximadamente 15 centímetros y mango de plástico, propinándole dos puntazos en la zona del tórax a Brian Miño y causándole la muerte".

En el acuerdo del abreviado se dejó asentado que existió una "agresión ilegítima dirigida contra Alejo Sanabria por parte de los intervinientes Osvaldo Emanuel Altamirano y Brian Miño". Y que ello fue corroborado por el examen médico practicado por parte de los doctores Osvaldo Benítez y Federico Cejas. Ambos constataron que el hombre sufrió lesiones en su mano derecha y su antebrazo izquierdo.

Asimismo, se valoró la declaración de su sobrino, González, quien contó que al llegar a la casa de su tío (Sanabria), en el exterior de la misma se encontraban bebiendo Altamirano, Miño y otra persona de apellido Sánchez.

Refirió que "permaneció con ellos un momento y luego ingresó a la vivienda, ante lo cual Altamirano y Miño comenzaron a 'querer sacarlos' de la vivienda para lo cual empezaron a patear la puerta y arrancaron la reja de la ventana". "Por ende, a través de la evidencia recolectada, es posible reconstruir la primera secuencia de los hechos intimados a Sanabria. Es posible afirmar que existió una agresión ilegítima dirigida hacia González y Sanabria", dice el fallo.

Luego del análisis de los hechos, el juez Carballo homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Sanabria a la pena de dos años y seis meses de prisión condicional; más cuatro años en los que deberá cumplir una serie de reglas de conducta, como evitar la realización de actos molestos, intimidatorios y perturbadores en relación a familiares de la víctima, como asimismo de mantenimiento de todo contacto -por sí, por interpósita persona o a través de cualquier medio- con ellos; y deberá comparecer a razón de tres veces por semana en la comisaría de Santa Elena para dar cuenta de su permanencia en esa localidad.
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