Policiales Crímenes de lesa humanidad

Condenaron a 12 años de cárcel al ex policía Céparo por secuestros y torturas

El ex policía de la provincia Atilio Ricardo Céparo fue condenado a la pena de 12 años de prisión, por los delitos de privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos, supo Elonce TV.
La jueza Noemí Berros, quien en esta causa integró el Tribunal Oral Federal de Paraná en la modalidad unipersonal, condenó este viernes al ex policía de la provincia Atilio Ricardo Céparo a la pena de 12 años de prisión, por los delitos de privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos.

Céparo mantendrá la prisión domiciliaria de la que goza. Y durante 24 años no podrá ejercer cargos públicos. La pena se suma a una anterior de 11 años por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar.

Al momento de los alegatos, el fiscal José Ignacio Candioti había solicitado una pena de 14 años de prisión, mientras que la defensa ejercida por José Ostolaza había planteado la absolución.
Céparo fue declarado partícipe secundario del delito de "Privación ilegal de la libertad, con abuso funcional, agravada por violencia y amenazas" y coautor de "vejaciones y apremios ilegales" en perjuicio de tres víctimas: Marta Inés Brasseur, María Cristina Lucca y Graciela Inés López. La jueza consideró que se trata de "delitos de lesa humanidad ocurridos en el contexto histórico del terrorismo de Estado que asoló al país en el marco del segundo genocidio nacional perpetrado entre los años 1975 y 1983".
"Los testigos fueron muy gráficos al relatar los padecimientos que sufrieron las víctimas, la privación ilegítima de la libertad, los apremios, y había prueba documental del propio Servicio Penitenciario: estaba acreditada la presencia de Céparo y Zapata, como sacaron a las víctimas del penal para apremiarlas. Además de una nota de Teresita Giménez, quien era subprefecta en ese momento, y en un comportamiento conforme a derecho, hizo una nota para dejar constancia de la angustia que presentaban las mujeres", detalló Candioti a Elonce TV.

"Se dio por acreditado el perjuicio para las tres víctimas, no solo la privación ilegítima de la libertad, sino también las vejaciones y los apremios. Se hizo justicia y eso es lo importante", resaltó.
Por su parte, Sofía Uranga, quien participó del proceso como Amicus Curiae, apuntó a "cuál fue el lugar de la Policía de Entre Ríos en el esquema represivo en la provincia, a disposición de qué y cómo la fuerza policial entrerriana estuvo a disposición del terrorismo de Estado".

En tanto, el titular del Registro Único de la Verdad, Marcelo Boeykens, valoró que esta "fue la sentencia número 11 que se dicta en la jurisdicción".
Resaltaron, además, "la voluntad de las víctimas para declarar, en algunos casos, hasta nueve veces".

(Elonce)
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

NOTICIAS DESTACADAS