Policiales Ruta provincial N° 32

Condicional para camionero que embistió a camioneta y causó muerte del conductor

La investigación de un accidente fatal ocurrido en la ruta provincial N° 32 determinó la responsabilidad del conductor de un camión que embistió a una camioneta, cuyo conductor perdió la vida en forma inmediata.
El chofer chocó de atrás al vehículo, que se despistó, volcó sobre la banquina y provocó la tragedia en noviembre de 2017 en la ruta provincial 32.
Por esto, el camionero prefirió, antes de ir a un juicio oral y público, acordar con la Fiscalía una pena de prisión condicional, así como la restricción temporal para conducir.

La tragedia vial sucedió el 8 de noviembre de 2017, a las 9.15. M.O.G., el conductor del camión Mercedes Benz L 1634, transitaba por la mencionada ruta hacia el noreste, a la altura del kilómetro 20, en cercanías del camino vecinal que es el acceso a la localidad de Seguí.

En el mismo sentido (en dirección hacia la localidad de Viale) se dirigía, unos metros más adelante, la camioneta Chevrolet Custom D20 en la que se conducía Omar Lorenzón.

El camionero aceleró y chocó de atrás a la camioneta, que despistó hacia la banquina, dio varios tumbos y terminó volcada en una zanja. El hombre, oriundo de la ciudad de Crespo, falleció en el acto.

Las pericias realizadas por los especialistas en accidentología vial establecieron la mecánica del siniestro, y no había mucho para argumentar de parte del conductor del camión.

Por esto, la imputación hacia M.O.G. fue por el delito de Homicidio culposo, y se le endilgó la conducción imprudente y antirreglamentaria, ya que no respetó la distancia mínima requerida entre vehículos que circulan por el mismo carril, y por no tener el dominio efectivo del rodado.

Un año y medio después de la tragedia, el fiscal Juan Malvasio y el imputado, asistido por el defensor José Velázquez, acordaron para el chofer la pena de dos años de prisión condicional, así como cinco años de inhabilitación para conducir.

El acuerdo de juicio abreviado fue rubricado y presentado esta semana ante el juez Rafael Cotorruelo, quien analizará las pruebas del legajo y la semana que viene adelantará el veredicto en el que informará si homologa o no el abreviado.
Una norma que nadie respeta
Según lo establecido por la Ley Nacional de Tránsito, y explicado en el Manual del Conductor publicado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la distancia de seguridad es el espacio que se deja de margen entre el vehículo precedente y el propio, el cual debe ser: en la ciudad (a una velocidad de 50 kilómetros por hora) de dos segundos, lo que equivale a 30 metros de distancia; en una ruta o autopista (a 100 kilómetros por hora), de tres segundos, lo que equivale a un margen de 80 metros entre ambos vehículos.

Está más que claro que es una norma que nadie respeta, ni en la ciudad ni en las rutas, lo cual explica también muchos de los siniestros viales que suceden a diario.

"Estas distancias pueden aumentar en caso de condiciones de visibilidad reducidas en la circulación de la vía, ya sea por condiciones meteorológicas adversas, por mal estado o existencia de obras en la vía, porque anteceda a nuestro vehículo otro que limite el campo de visión, etc. El mantener una distancia adecuada permite un menor uso de los frenos y, por lo tanto, de las aceleraciones posteriores a las frenadas; también reduce accidentes ya que se dispone de mayor tiempo de reacción ante imprevistos", refiere en mencionado manual.

Fuente: Uno.
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