Policiales Demanda judicial

La justicia ordenó suspender aplicación de arresto a un policía en la comisaría

La Cámara Contencioso Administrativo N°2 de Concepción del Uruguay, resolvió este miércoles, el dictado de una medida precautelar. La resolución judicial fue adoptada "a efectos de poder dar efectivo tratamiento al planteo de fondo".
Ilustrativa. Piden la inconstitucionalidad del arresto a policías
Foto: Ilustrativa. Piden la inconstitucionalidad del arresto a policías
Recordemos que la Cámara Contencioso Administrativa N° 2 de Concepción del Uruguay tiene en sus manos una demanda judicial que plantea la inconstitucionalidad del "arresto policial", una de las cuatro sanciones que establece el Reglamento General de Policía de Entre Ríos con el que se castiga a sus funcionarios y empleados de la fuerza frente a faltas de conducta o de deberes de sus subordinados.

El eje del planteo de inconstitucionalidad, que patrocina el abogado Juan Carlos Arralde, es que "el poder de privar de la libertad de las personas recae pura, única y exclusivamente en un juez con competencia del Poder Judicial que debe previamente emitir una orden de detención contra cualquier persona física".

Este miércoles, la Cámara Contencioso Administrativo N°2 de Concepción del Uruguay, resolvió el dictado de una medida precautelar. La
misma fue dispuesta en el marco de un expediente cuyo objeto era la suspensión de la aplicación de 25 días de arresto a un agente de la policía de Entre Ríos.

La resolución judicial fue adoptada al efecto de poder dar efectivo tratamiento al planteo de fondo; la suspensión de la medida de la institución policial y evitar que la misma se concrete antes de que la Cámara se expida. Esto se debe a que el organismo judicial está obligado a correr vistas y traslados con lazos y procedimientos de ley que estiran en tiempo la posibilidad de resolver sobre el planteo suspensivo en forma inmediata, se indicó.

De tal manera, la Cámara es que resolvió disponer una precautelar suspendido temporalmente la ejecución de la medida dispuesta por la Policía hasta tanto se decida si procede o no a la suspensión de la misma durante la tramitación del proceso principal.

Es importante destacar que la sentencia tendrá vigencia hasta tanto se finalice el juicio Contencioso Administrativo tendiente a verificar la legalidad de la medida policial.

Asimismo se corrió vista al Estado provincial por el término de 5 días notificando al fiscal de Estado y comunicar la medida al Jefe de la Policía de la Provincia de Entre Ríos.

La sentencia judicial lleva las firmas de los Vocales Federico Lacava y Mariano López con la abstención de su presidenta María Fernanda Erramuspe.
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