Policiales La maniobra que utilizaron

Confirman condicional a directivos de empresa entrerriana por millonaria evasión

La Cámara Federal de Casación Penal de Paraná confirmó una sentencia de dos años y seis meses de prisión a tres imputados por un caso de evasión tributaria de más de $ 4 millones. Habían simulado pago de obligaciones tributarias.
La Cámara Federal de Casación Penal de Paraná confirmó una sentencia de dos años y seis meses de prisión, a tres imputados por un caso de evasión tributaria de más de cuatro millones de pesos, llevada a cabo mientras eran integrantes de la firma local Constructora del Norte.
De esta forma, la Cámara convalidó el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, de octubre de 2017 en la causa "Galeazzo Guillermo Gabriel y Otros sobre Infracción Ley 24.769", en la cual la AFIP actuó como querellante.
Con certificados falsos
Se trata de una causa cuyo origen radica en una investigación de la AFIP que determinó la existencia de una maniobra de evasión impositiva, mediante la utilización de certificados falsos de retención que permitieron generar saldos de libre disponibilidad y, de esta manera, compensar obligaciones tributarias.
Por otra parte, la Cámara también resolvió la absolución de otro de los involucrados, Juan Santiago Correa, al no poder determinar con precisión la participación del mencionado en la acciones fraudulentas.
La sentencia apelada
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná había condenado en octubre de 2017, a la pena de dos años y seis meses de prisión a cuatro directivos que forman parte de la empresa Constructora del Norte, de Paraná a quiénes se los encontró culpables de simular el pago de obligaciones tributarias.
El juicio presidido por Lilia Carnero, dispuso las sentencias a Guillermo Gabriel Galeazzo, Pablo Gabriel Galeazzo, Santiago Alberto Gaitán Facello y Juan Santiago Correa a quienes se los encontró responsables materiales y responsables del delito de simulación dolosa de pago, previsto y reprimido en el art. 11 de la Ley 24.769.
Defraudar a la AFIP
En el juicio se entendió que quedó debidamente acreditado que los cuatro procesados cometieron el siguiente delito: "Que en fecha 28 de marzo de 2011, generó mediante el Sistema de Transferencia Electrónica de datos de la AFIP -soporte electrónico y/o informático- desde el I.P. Nº 190.210.114.253 (registrado a nombre de Juan Santiago Correa), con el nombre usuario de Santiago Alberto Gaitán Facello, los certificados de retención número 2009086739, 2008059505, 2008093544 y 2008103708 falsos, generando falsamente un saldo de libre disponibilidad por la suma de 2.824.756,19 de pesos en concepto de I.V.A. en favor de la empresa Constructora del Norte S.R.L., con la finalidad de simular el pago de obligaciones tributarias".

"Si bien puede ser cierto que desconozcan todos los vericuetos de la gestión tributaria, sí estaban en perfectas condiciones intelectuales para aceptar una compensación millonaria, fuera del sistema de control de la AFIP, usando un crédito fiscal que ellos nunca tuvieron, lo utilizaron con el conocimiento de su falsedad, en forma fraudulenta", señalaba el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná.
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