Policiales

Condenaron a una mujer que les robó 54 mil dólares a dos ancianos

Elsa Leonor Silveyra fue condenada a cumplir una pena de 10 meses de prisión de ejecución condicional por el hurto cometido en perjuicio de una mujer de 78 años y su esposo de 84. Ella había sido contratada para cuidarlos.
El fiscal Lisandro Beherán, la querellante María Estela Esnaola y el defensor Raúl Jurado, los mismos que en poco tiempo más se cruzarán en el juicio a Gustavo Rivas, participaron de un debate que dejó como saldo la condena a una mujer de 52 años que le robó los ahorros a los ancianos que cuidaba.

Elsa Leonor Silveyra fue condenada por el juez Arturo Dumón a cumplir una pena de 10 meses de prisión de ejecución condicional por el hurto simple cometido en perjuicio de una mujer de 78 años y su esposo de 84. Ella había sido contratada por la hija de las víctimas para cuidarlos, pero se aprovechó de ellos para robarles.

No hay una fecha precisa para determinar cuándo o qué día se produjo el hurto, porque el dinero estaba guardado en una caja de herramientas metálica y la sustracción se pudo haber originado durante los 9 meses que Silveyra trabajó como cuidadora.

Los 54 mil dólares habían sido guardados en una caja de metal azul, y escondidos en un lugar del domicilio situado en 25 de Mayo al 300. La denunciante fue la hija de las víctimas, que constató la faltante de los ahorros en agosto de 2015, supo Al Día.

Los ancianos vivían en la planta baja del inmueble y la hija con su familia en la planta alta. La denunciante contrató a Silveyra a través de un aviso clasificado para que les brindara una atención personalizada a su padre y a su madre que estaba postrada, con problemas motrices y demencia senil, ambos hoy fallecidos.

"Era la única persona ajena a la familia que ingresaba a la casa", declaró la mujer durante el juicio que llegó a su fin la semana pasada, y describió que el trabajo de Silveyra era de continua asistencia a su madre porque "se podía ahogar, había que darle agua, vivía deshidratada, tenía todo un doblez en la espalda, una curvatura que a veces no podía ni apoyarse en la cama, debido a su trabajo de siempre: fue modista toda la vida y mi papá camionero".

Silveyra comenzó a trabajar en diciembre de 2014 y a medida que pasó el tiempo la denunciante comenzó a notar actitudes sospechosas en la empleada. Tuvo cambios de conducta y rutinas relacionadas con el trabajo, como ser la compra en efectivo y al contado de un auto casi 0 kilómetro con el que iba a trabajar y dejaba estacionado en las cercanías de la casa, mientras que antes de ello viajaba en colectivo.

Cuando descubrió la faltante de los ahorros, realizó inmediatamente la denuncia con los ojos puestos en la única persona que entraba en la casa. Fue así que durante un allanamiento en la casa de la sospechosa se secuestró la caja de color azul de metal, que en su interior contenía 14.000 dólares y 25.800 pesos, además de varias boletas correspondientes a distintos comercios de Gualeguaychú y el boleto de compra y venta del Renault Clío Mio por 100 mil pesos.

El juez Dumón consideró como agravantes en contra de Silveyra, la magnitud del monto sustraído, el aprovechamiento de la condición de incapacidad de la mujer y la ancianidad de su esposo, que hacía que los bienes quedaran a merced de la acusada, y el mero ánimo de lucro con que se condujo. Mientras que como atenuante tuvo en cuenta que la acusada no poseía antecedentes penales computables.

El Ministerio Público Fiscal solicitó un año de prisión efectiva por haberse tratado de un caso de desapoderamiento grave, pero el magistrado graduó la pena en 10 meses de ejecución condicional por ser el primer delito de Silveyra.

Más allá de esto, se le impusieron reglas de conducta por el término de dos años, en donde entre otras obligaciones, deberá asistir una vez al mes durante seis meses a una charla-taller que se le brindará sobre los fines y funciones de la pena, que estará a cargo de funcionarios designados para tal efecto y que deberá acreditar ante el tribunal. Pero por sobre todas las cosas se ordenó la restitución del dinero y el automóvil secuestrado a la heredera de las víctimas.
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