Policiales Homicidio de Pastorizzo

Defensa de Nahir Galarza recusó al juez y al fiscal: Dice que no son imparciales

Los abogados de la joven imputada del crimen de Fernando Pastorizzo argumentan que el accionar de los funcionarios judiciales "afectan la garantía de imparcialidad". El propio Juez denunciado deberá resolver sobre lo solicitado.
Para la defensa de Nahir Galarza, las decisiones del juez Mario Figueroa no han sido iguales para uno y otro lado ante un mismo pedido. El escrito presentado por la defensa al cual afirma que "existe una conducta reñida con las normas del Código Procesal Penal y de la Constitución Nacional que afectan la garantía de imparcialidad".

"El Magistrado falló en contra de lo postulado por la defensa sin respetar la línea argumental, por la cual en una anterior oportunidad el Juzgado de Garantías que hoy tan dignamente preside, le concedió la misma prueba al órgano de la acusación", se agregó en la recusación presentada ayer por la mañana por el abogado Pablo Sotelo.

El reclamo al cual se hace mención se debe a un rechazo que sufrió la defensa ante la solicitud de ingresar al Facebook de Fernando Pastorizzo para revisar los mensajes del joven con sus amigos. El Fiscal se opuso a que se produzca esto para preservar la intimidad de la víctima y el Juez de Garantías lo avaló.

La defensa cree que esta negativa solo se fundamenta en "evitar que la defensa tenga acceso a esa información, o se encuentra ocultando información". "No debe olvidar las funciones del Juez de Garantías, que debe velar por el debido proceso y dentro de esto la garantía de imparcialidad", se denunció.

"Con los mismos argumentos, se le negó una prueba crucial a la defensa a los efectos de probar extremos conducentes a determinar si efectivamente Nahir Galarza era la pareja de Pastorizzo, atento a que se encuentra agravado el homicidio por una supuesta relación de pareja. Tampoco puede desconocer que los jóvenes son adictos a las redes sociales y Pastorizzo no era ajeno a esas redes y si existían elementos vinculados con la violencia de género, que la defensa de Rebossio se cansó de denunciar, mirando para otro lado todos y cada uno de los integrantes del Ministerio Público Fiscal".
Foto: Juez Figueroa

En el escrito se afirma que ni Figueroa, ni Guillermo Biré cuando actuó como subrogante en el inicio de la causa, "puso reparos en la intimidad de la víctima cuando el Fiscal pidió ver los mensajes de texto, las llamadas entrantes y salientes, los Whatsapp, el Twitter, de hecho en el legajo de apelación está autorizado el Fiscal a ver todas y cada una de estas redes sociales".

"Por qué ante un pedido de la defensa, que no cuenta con los medios necesarios, que debe trabajar a pulmón contra una estructura cada vez más aceitada como el Ministerio Publico Fiscal, dice que hay que proteger la intimidad de la víctima, cuando nunca se la protegió, o al menos no se observó que lo hiciera. Lo que está haciendo es afectar la defensa en juicio, el principio de igualdad de armas, e incurrir en un hecho aún más grave, porque no puede desconocer y de hecho no desconoce, lo que existe en el expediente", se agregó contra Figueroa. La recusación fue presentada ayer en la mesa del Juzgado de Garantías y el propio Figueroa será quien hoy decida sobre el futuro de este requerimiento. Luego debe correr vista al Fiscal para que opine respecto a su recusación y posteriormente el reclamo será remitido a la Cámara de Gualeguay que actúa como Tribunal Superior.

La cuestión más importante a resolver es si esta presentación fue hecha en tiempo, porque según consta en el Código Procesal Penal la recusación al Fiscal debe realizarse en la primera presentación de la defensa o -si es por un hecho posterior -en los tres días siguientes. En el caso del Ministerio Público Fiscal, los términos vencieron el lunes con la solicitud de elevación a juicio. Respecto al Juez de Garantías su última intervención fue el miércoles pasado. Si es declarado fuera del plazo, la defensa deberá ir por queja a Gualeguay.

La presentación de la defensa se efectiviza el día después al momento en que el juez de Garantías hizo lugar al inicio de la etapa intermedia que es la clausura de la Investigación Penal Preparatoria. Pareciera un castigo a la actuación de la Fiscalía, que en sólo 65 días culminó con todo lo necesario para llevar a juicio a Nahir Galarza del delito más grave del Código Penal, publica El Día.
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