Policiales Solicitaron la remisión a juicio

Piden juzgar a un menor acusado de cometer varios delitos graves

Sería la primera vez que en Paraná se juzgará a un menor de 16 años, de acuerdo a la normativa de la Ley Nº 10.450 de Régimen Penal Juvenil que rige en Entre Ríos desde 2016. Tiene diversos antecedentes de delitos con uso de arma.
El juez de Garantías Nº 4 Mauricio Mayer decidirá en el plazo que dicta la ley si decide remitir a juicio la causa que involucra a un joven mayor de edad y a un menor. Según se pudo establecer, al menos en Paraná, sería la primera vez que se someterá a un menor a un proceso como el que se aplica en el caso de personas mayores de edad acusadas de un delito.

En la audiencia se solicitud de remisión de la causa a juicio participaron los fiscales Ignacio Aramberry y Santiago Brugo, el defensor oficial, Humberto Franchi, sin la presencia de su defendido LLS, y la representante del Ministerio Pupilar y defensora oficial, Susana Carnero, junto a su defendido AYS, que tenía 16 años al momento de los hechos. Ambos imputados comparecen acusados de los delitos de Robo agravado y Tentativa de homicidio.

Las defensas se opusieron a la remisión de la causa a juicio y solicitaron el sobreseimiento de ambos imputados. Mientras que los fiscales expresaron que cuenta con elementos de convicción suficientes para sostener como probable la participación punible de los imputados en los hechos que les fueran intimados, por lo que solicitaron la admisión de la prueba que ofrecieron en el escrito de remisión.
Declararlo responsable
Aramberry precisó a El Diario que "en la audiencia de remisión de la causa a juicio se solicitó que también comparezca a debate uno de los coautores, acusado en este caso de un delito agravado por el uso de arma y por haber sido calificado por la intervención de un menor de 18 años" añadiendo "que ese juzgamiento sea también junto al menor de edad, en aplicación de lo que dispone el artículo 109 de la Ley Nº 10.450, que da la posibilidad, en estos casos, para que (el menor) sea sometido a juicio, donde se declare su autoría responsable, en su caso, o se verifique si procede la declaración de autoría responsable; no obstante no resulte pasible de pena, según la ley nacional".

Con diversos antecedentes
El fiscal explicó que "esto se solicitó en función de que el adolescente cuyo juzgamiento se pretende, registra en trámite diversos hechos delictivos de idéntica naturaleza, que se encuentran siendo sustanciados actualmente, algunos de ellos porque fueron perpetrados a una edad en la que es susceptible de ser punible, que se le aplique una pena de prisión, no obstante el hecho fue cometido en la edad de 15 años se solicita, entendemos que por una relevancia más simbólica, que otra cosa, que se lo juzgue junto al mayor de edad".
La norma
La Ley Nº 10.450 fue sancionada en Entre Ríos el 27 de septiembre y publicada en el Boletín Oficial el 25 de octubre de 2016. Esta norma se diferencia de la ley nacional penal juvenil en que si a un menor se le imputa el delito, la causa no se archiva porque el menor es inimputable, no es punible.
En este sentido, la Ley Nº 10.450 pretende que la causa se investigue y que se lleve adelante contra el menor acusado un proceso penal similar al que se sustancia a los adultos, con un objetivo de justicia restaurativa, de restaurar el daño cometido si es que se lo encuentra responsable del delito que se le imputó.
También busca que el menor, aún cuando no recibirá una pena, al pasar por un proceso penal donde hay acusación y defensa, donde escuche a los testigos de cargo y descargo, internalice que cometió un daño y logre reflexionar sobre su conducta.
Al margen
La Ley Nº 10.450, en el artículo 109, incorpora la figura de adolescente no punible y establece que las personas mayores de 14 años y menores de 16 años, únicamente podrán ser sujetos a un proceso penal por delitos dolosos que se perpetraren contra la vida, contra la integridad sexual, lesiones graves y gravísimas, y/o cometidos con armas.
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