Paraná Este domingo

Municipalidad solicitó a la Justicia que ordene restituir el transporte público

La Municipalidad decidió judicializar el conflicto del transporte público, paralizado desde el 6 de agosto, y pidió una medida extraordinaria: que se ordene de forma inmediata a la concesionaria Buses Paraná la restitución del servicio.
La Municipalidad de Paraná decidió judicializar el conflicto del servicio de colectivos, paralizado desde el martes 6 por un conflicto gremial de los choferes, agremiados en la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y las empresas Ersa Urbano SA y Mariano Moreno SRL por la falta de pago de la actualización salarial de julio (un 20%) y el pago parcial del medio aguinaldo (adeudan el 80%), y pidió una medida extraordinaria: que se ordene de forma inmediata a la concesionaria Buses Paraná la restitución de la prestación. Los abogados Walter Rolandelli, secretario Legal y Técnico de la Municipalidad, Leonel Rodríguez y Guido Zufiaurre, todos apoderados del gobierno de la ciudad, acudieron con una medida autosatisfactiva ante la Cámara Contencioso Administrativa, que integran los jueces Gisela Schumacher, Hugo González Elías y Marcelo Baridón.

La presentación ante la Justicia de la Municipalidad de Paraná fue una medida autosatisfactiva, con el pedido expreso de que la Cámara Contencioso Administrativa ordene la restitución de forma inmediata del servicio de colectivo a partir de este domingo, se mande a secuestrar las unidades que se trasladaron a Corrientes y que se resuelva inaudita parte, esto es sin dar intervención a la otra parte demandada, Buses Paraná.

El texto de la presentación judicial pide "con carácter urgente y en su primer despacho, ordene el inmediato restablecimiento del servicio público de transporte de pasajeros, el cual se encuentra concesionado a Buses Paraná - Agrupación de Colaboración Empresaria, compuesta por Ersa Urbano y Mariano Moreno- a fin de asegurar la prestación del servicio esencial durante el día domingo 11/08/2019 en que tendrá ocasión el acto eleccionario de público conocimiento "PASO Nacionales 2019", y en lo sucesivo, a fin de asegurar el derecho de los electores a sufragar en las mismas, y además, el derecho de los usuarios a gozar con regularidad del servicio aludido. Para ello deberá la concesionaria a intimar a sus empleados al débito laboral, o disponer las medidas que sean necesarias para asegurar la prestación del servicio".

"El presente se interesa con habilitación de días y horas inhábiles y con carácter urgente, por la inminencia del acto electoral, resultando indispensable que se despache inaudita et altera par a fin de no frustrar el cometido de la presente y atento el grado patente de certeza de los derechos involucrados", agrega.

De ese modo, la falta de transporte público en la ciudad llegó ahora a los Tribunales. Vía judicial, la Municipalidad de Paraná pretende sortear el actual estado de situación en el que 110 mil usuarios llevan cinco días sin poder utilizar el transporte público en la ciudad.

La presentación judicial da cuenta que fracasados los intentos conciliatorios, "los trabajadores han continuado con la medida, la que a la fecha de interposición del presente, alcanzaría hasta el domingo 11/08 del corriente, inclusive; desconociéndose a la fecha si el lunes retomarían la actividad o continuarán con las medidas aludidas".

"De esta manera, el acto eleccionario del 11/08 se vería afectado en su totalidad por la falta de este elemental servicio, impidiendo a la ciudadanía paranaense, ejercitar su derecho en forma regular, en especial a aquellos que no cuenten con otra alternativa de transporte", dice la presentación. "Se impone entonces como necesario, dar una inmediata y excepcional respuesta judicial a esta situación, a fin de que los comicios puedan realizarse con normalidad", añade.

"Vale destacar, que la falta de prestación del servicio esencial aludido constituye un accionar completamente ilegítimo de la concesionaria, pues el estado de huelga de sus trabajadores no resulta justificación alguna para la interrupción del servicio. Ello conforme lo previsto en la Ordenanza 9546 que establece en su art. 64°: "El estado de huelga de personal del concesionario, originado por incumplimiento por parte de este de obligaciones salariales, no constituye caso fortuito o fuerza mayor."; de modo tal que la concesionaria se encuentra obligada a garantir el servicio, aun en las condiciones que se verifican en la actualidad", apunta la presentación, según informó Entre Ríos Ahora.

Y dice: "La medida se requiere con suma urgencia en función del inminente acto eleccionario, lo que elimina todo margen o evaluación de alternativas. No obstante, en la medida a despacharse, deberá disponerse que en lo sucesivo se mantenga la prestación del servicio con regularidad".
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