"La afiliada solicitaba una derivación a la sección de atención de epilepsia en Fundación Favaloro y reclamaba la denegatoria por parte de Iosper", explicó Asselborn, al tiempo que aclaró: "Iosper nunca llegó a negar esa derivación".
"Ella había sido previamente derivada al hospital El Cruce, atendida por una derivación", acotó al respecto.
"Lo correcto hubiera sido que, desde ese nosocomio, si ella necesitaba una nueva derivación, le hubieran emitido una historia clínica o una indicación solicitando informando qué necesitaba", sostuvo la funcionaria provincial. Fue en ese sentido que comentó que "la derivación, para tener una respuesta más concreta, fue un pedido de la afiliada hacia el neurólogo, su médico tratante que no es prestador de la obra social".
"Al solicitarse el pedido de derivación a Fundación Favaloro, Iosper, como acciona con todos los afiliados porque así lo indica la norma, le solicitaba la derivación pertinente o la historia clínica, lo que la mujer nunca presentó, con lo cual, se le envió una nota solicitándoles que presente la historia clínica", detalló Asselborn. "Se trató de un requisito administrativo, importante, porque solo se deriva fuera de la provincia a todos aquellos casos que no pueden resolverse dentro", aclaró. (Elonce)