Paraná A partir de 2019

En Paraná se estableció la "Semana del peatón"

Se realizará todos los años en la semana del tercer jueves de marzo. Se deberán desarrollar "actividades, campañas y capacitaciones para concientizar a la población sobre los derechos y deberes del peatón en la vía pública".
La "Semana del peatón" se dispuso a través de la ordenanza Nº 9765, sancionada el 11 de octubre pasado por el Concejo Deliberante, y promulgada el 31 de ese mismo mes por el decreto Nº 1961 del Ejecutivo municipal.

La ordenanza crea "en el ámbito de la ciudad de Paraná, "La semana del peatón", la cual se realizará todos los años en la semana del tercer jueves de marzo, día en el que se conmemora el Día de la Seguridad Peatonal por la Agencia Nacional de Seguridad Vial".

Estará a cargo de la Secretaría de Servicios Públicos, que tendrá por objetivo "promover dicha semana con actividades, campañas y capacitaciones para concientizar a la población sobre los derechos y deberes del peatón en la vía pública".

Las iniciativas que se prevén para esa semana son: "a) Realizar actividades y/o campañas de concientización en zonas estratégicas de la ciudad, las cuales puedan orientar las conductas de peatones y conductores. b) Fomentar los derechos y obligaciones de los peatones en instituciones educativas primarias y secundarias, a través de capacitaciones que serán dadas por personal de la Municipalidad de Paraná, capacitados en la materia. c) Toda otra acción y/o actividad que el Departamento Ejecutivo Municipal considere conveniente".

El Departamento Ejecutivo municipal deberá dar "amplia publicidad a "La Semana del Peatón" a través los distintos medios de comunicación tales como radio, televisión y medios gráficos, como así también en todas las reparticiones municipales que poseen atención al público y lugares públicos de esparcimiento".

La ordenanza faculta al Ejecutivo municipal "a suscribir convenios y/o trabajos en conjunto con otras reparticiones municipales, provinciales y nacionales, como así también con entidades privadas, con el fin de coordinar acciones referidas a la temática en cuestión".

Por último dispone: "El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la presente Ordenanza a los fines de su efectiva aplicación en un plazo no mayor a 90 días desde su promulgación".
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