Paraná Proyecto de ordenanza municipal

Los requisitos que deberán cumplimentar los balnearios para ser habilitados

Ingresará a la sesión del HCD, un proyecto de ordenanza que pretende regular el funcionamiento de los balnearios públicos de la ciudad. Entre los requisitos figura que deberán contar con señalización, rampas de acceso y policías.
En la sesión del Concejo Deliberante de Paraná de este martes a partir de las 9.30, tomará estado parlamentario un proyecto de ordenanza, impulsado por la concejal Karina Llanes, que contempla la regulación del funcionamiento de los balnearios públicos de la ciudad de Paraná mientras dure la temporada estival, estableciendo condiciones para proceder a su habilitación.

En la fundamentación de la iniciativa la legisladora sostiene que la misma se enmarca en un proyecto de "una ciudad inclusiva debe tener balnearios inclusivos" y, en cuanto al agua, "su calidad debe ser protegida, defendida, gestionada y tratada como un recurso natural".

Sobre este último punto subraya que "es necesario adoptar un indicador con valores guías que establezcan calidades microbiológicas, físicas y químicas del agua para uso de recreación, en correlación con información epidemiológica local".

Asimismo propone la instrumentación "de medidas de gestión que promuevan el mejoramiento de los servicios de balnearios y el mantenimiento de la calidad ambiental de toda la ciudad".
Los requisitos que deberán cumplir
En la parte dispositiva de la norma y en lo referente a la estructura balnearia, la misma contempla que ésta deberá contar con un sistema de señalización en los accesos y en cada sitio específico, que sirva para ubicar y delimitar las distintas áreas de servicios, como sanitarios, duchas, mangrullos de guardavidas, rampas y veredas de accesos, ubicación de silla anfibia, zonas de balneario, solárium y concesionadas, asegurándose además el boyado simple y doble.

El primer boyado estará destinado a delimitar la zona habilitada para bañarse y el segundo, para nado deportivo será obligatorio cuando el balneario se encuentre en aguas abiertas.

Contempla el proyecto la construcción de al menos una rampa de acceso a la zona de playa que reúna los requisitos de accesibilidad para personas con discapacidad motriz y una vereda de acceso al agua, desde el final de cada rampa de acceso hasta la ribera.

También dispone que los balnearios deberán contar con sombrillas de resguardo o zonas de protección solar, garantizando como mínimo un 5 por ciento de sombra sobre el total de la superficie habilitada.

Estos deberán habilitar como mínimo un mangrullo de playa para ser utilizado exclusivamente por guardavidas, quienes deberán estar capacitados para atender emergencias en primeros auxilios y realizar labores de prevención y campañas informativas para el cuidado de la salud, como la práctica de Reanimación Cardiopulmonar (RCP).

Con relación a la seguridad de las personas y bienes públicos y privados, se establece la obligatoriedad de contar con la presencia de al menos un personal policial masculino y un personal policial femenino en estos lugares de esparcimiento.
El proyecto dispone que cualquier concesión que se realice, tanto sea a personas jurídicas sin fines de lucro o a personas jurídicas o físicas, del espacio público comprendido en las zonas de balnearios y solárium, no eximen al Estado municipal de ninguna de las obligaciones y responsabilidades establecidas precedentemente.

Finalmente se considerará temporada de baño o período de vigencia de la presente ordenanza, al tiempo comprendido entre el 1° de noviembre al 31 de marzo.
Habilitación de piletas

En el Orden del Día y con despacho favorable de las Comisiones de Salud, Turismo, Producción y Acción Social, está en condiciones de ser sancionado otro proyecto de la legisladora Llanes, mediante el cual se regula la habilitación de piletas y natatorios en la ciudad de Paraná.
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