Institucionales

Abogados destacaron la nueva ley que regula la matrícula en Entre Ríos

A partir de la sanción de la normativa, el CAER se llamará Colegio de la Abogacía de Entre Ríos. "Esta nueva ley es democrática, inclusiva, representativa y federal", dijo Alejandro Canavesio a Elonce TV.
La Cámara de Senadores de la provincia sancionó este miércoles sobre tablas, el proyecto de ley que regula la matrícula de la abogacía entrerriana. La normativa incluye la participación de las minorías, paridad de género con alternancia y también, la actividad de procuración.

En declaraciones a Elonce TV, Alejandro Canavesio, presidente del Colegio de Abogados, expresó que "nuestra ley originaria tiene 64 años, fue realizada bajo un sistema de gobierno totalmente distinto al que hoy estamos transitando y las características que tiene esta nueva ley es que es democrática, inclusiva, representativa y federal. Todos estos nombres aislados parecen una cosa, pero nuestra ley los tiene todos unidos a través de esta transformación".

Y agregó: "Nos sentimos con mucho orgullo y satisfacción de haber logrado lo que se ha logrado".

Por su parte, Gabriela Cevallos, opinó que "es un momento histórico, un cambio después de muchos años, sobre todo por las incorporaciones que se han hecho a esta nueva ley". En este sentido, destacó "la incorporación de la paridad de género en todos los órganos y también en el Consejo de Delegados y el de Disciplina".

Vale recordar que el proyecto fue presentado por el Consejo Directivo del CAER al gobernador Gustavo Bordet en agosto del 2018. En 2019, la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero confirmó la presentación del anteproyecto en la Legislatura por parte del Poder Ejecutivo provincial.

Para la confección del texto se tuvieron en cuenta leyes provinciales que regulan la actividad en distintas provincias argentinas, legislación extranjera como la de Brasil o España y también el texto de la Constitución Provincial del 2008 que incluye un artículo sobre los colegios profesionales.

Además, se tuvo en cuenta la opinión de distintos colegas que expresaron la necesidad de reformar el decreto ley 4.109 en distintas ediciones del "Congreso Provincial de Derecho" realizados entre los años 2015 y 2018.
Principales reformas
La presente ley cambia el nombre del Colegio de Abogados por el de "Colegio de la Abogacía de Entre Ríos". Abogacía refiere a la actividad, tanto profesión como ejercicio, y al conjunto de abogadas y abogados. Además, unifica las dos profesiones jurídicas con actuación ante el poder judicial, esto es la abogacía y la procuración, derogándose las leyes 4.109 y 5.079.

En el Título Preliminar se establecen declaraciones y principios referidos a la profesión como "indispensables para la administración de Justicia en el Estado Constitucional de Derecho" e "inviolable" (art. 1). En el art. 2 se tratan los principios rectores del ejercicio profesional. En el art. 3° se establece que el Colegio es una persona jurídica pública, su ámbito es provincial (art. 4) y abarca a todos los profesionales de la abogacía y la procuración que ya se hayan inscriptos en sus respectivos colegios.

Además, se incorporan otras normas que funcionan como garantía del principio de inviolabilidad del ejercicio profesional. Establece cinco órganos de gobierno: Consejo Directivo, las Asambleas, las Secciones y el Tribunal de Ética Profesional (nueva denominación) se agrega la "Junta de Delegados". En el Consejo Directivo, secciones y Junta de Delegados se establece la representación de las minorías que obtenga más del 20% de los votos, la paridad de género con alternancias.
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