A partir de la ordenanza aprobada, las comunicaciones y documentos que se transmitan al domicilio digital gozarán, a todos los efectos legales y reglamentarios, de plena validez y eficacia jurídica, constituyendo medio de prueba suficiente de su existencia y de la información contenida en ellos.
Las personas físicas o jurídicas que realicen trámites o se constituyan como contribuyentes en el Municipio, deberán constituir obligatoriamente un domicilio digital - con una cuenta de correo electrónico - donde se dirigirán las comunicaciones y notificaciones: avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y comunicaciones en general. El mismo será de carácter único.
El proyecto, autoría del bloque Juntos por el Cambio, consideró en su fundamentación que en la actualidad las notificaciones que se realizan son, en su mayoría, en soporte papel, lo que es contrario a las buenas prácticas en materia de cuidado del ambiente, mientras que las herramientas electrónicas pueden facilitar una comunicación más fluida y, por ende, mejorar la calidad de los servicios públicos.