Los puestos serán destinados a emprendedores y comerciantes de productos de alimentos categorizados como "Saludables", mediante la Ordenanza 9713, que establece "la habilitación general y el otorgamiento de permisos particulares de uso precario para la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas, categorizados como 'Saludables'; es decir aquellos alimentos que brinden los nutrientes necesarios para mantenerse sano, sentirse bien y tener energía".
Por lo tanto, quedan "excluidos aquellos de escaso valor nutritivo o cuyo aporte principal esté constituido por calorías vacías que contengan un alto porcentaje de azúcares simples, grasas totales, grasas saturadas o sustancias denominadas trans".
Los puestos deberán ofrecer productos y alimentos orgánicos, ecológicos y saludables. Además de cumplimentar con todas las medidas de manipulación e higiene, que requiere todo tipo de mercadería de este tipo. Deben ser alimentos que estén incluidos en planes de alimentación especiales, ya sea para las personas hipertensas, celíacas, diabéticas, intolerantes al gluten y/o lactosa, entre otras.