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Pueblo Liebig: Planta urbana fue declarada "Bien de Interés Industrial Nacional"

Un decreto firmado por Macri, Peña y Avelluto valora a la planta urbana de Liebig como "un patrimonio urbanístico, arquitectónico e intangible singular, expresado en un paisaje cultural industrial".
Por conformar "un patrimonio urbanístico, arquitectónico e intangible singular, expresado en un paisaje cultural industrial, representativo de la obra conjunta del hombre y la naturaleza, construido por la Compañía y los trabajadores de la carne, en un ambiente natural donde el río es protagonista", el Estado nacional declaró "Bien de Interés Industrial Nacional" a la planta urbana de Pueblo Liebig.

Según el Decreto 634/2017, fechado el 10 de este mes y publicado este viernes en el Boletín Oficial, "el reconocimiento de este complejo, con sus rasgos distintivos, conlleva la posibilidad de rescatar y mantener la memoria de una notable etapa en la producción industrial, integrando en ella aspectos que no tienen aún suficiente representación dentro del patrimonio nacional". Además, en un largo considerando se sintetiza la rica historia de la localidad entrerriana que le mereció tal declaración, de acuerdo a lo publicado por el sitio recintonet.

Quedan comprendidos bajo esta decisión "la planta urbana de Pueblo Liebig ? Fracciones A, B, C, D, E, G, H, I, J y K, Manzanas 116, 117, 127, 128, 129, 130, 131, 140, 141, 142 y 143, en el Departamento de COLÓN, Distrito 2do, Provincia de Entre Ríos, según consta en el Anexo I (IF-2017-04320677-APN-CNMLYBH#MC) que forma parte del presente decreto". Dicho anexo contiene un plano de la localidad, donde se destacan las áreas incluidas dentro de la declaración.

El artículo 2 añade que queda comprendida "el área delimitada por los siguientes bienes: FABRICA: Fracción H; Chalets. Fracciones B y C; CHALETS APAREADOS: Fracciones D y E; PLAZOLETA: Fracción J; LATA: Fracción I; CASA DE VISITAS: Fracción G; HILERAS DE VIVIENDAS OBRERAS: Manzanas 117, 130, 143, 140, 142-2; CORRALONES: Manzana 128, 129; PLAZA PÚBLICA, CAPILLA Y SOLTERÍA: Manzana 131; ESCUELA: Manzana 142-1; CENTRO CÍVICO Y CARNICERÍA: Manzana 127; BOMBAS DE AGUA: Fracción H (dentro de la Fábrica); MUELLE DE PASAJEROS: entre Fracción G y H y MUELLE EN LA FÁBRICA: Fracción H".

Por otro lado, el Decreto establece que la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos "realizará las gestiones necesarias ante las autoridades locales y provinciales, a partir de los ciento ochenta (180) días posteriores al dictado del presente Decreto, para la elaboración de una normativa específica para Pueblo Liebig con el fin de regular las modificaciones edilicias, altura máxima de las edificaciones, tratamiento de fachadas y de los espacios libres, subdivisiones parcelarias y ocupación del suelo del sitio declarado"; así como las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

El decreto lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete Marcos Peña, y del ministro de Cultura Pablo Avelluto. (El Entre Ríos)
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