"La medida, preventivo de crisis, es solicitada por la empresa pero quien la otorga es el Secretario de Trabajo, Fernando Quinodóz", indicó el funcionario a la vez que confirmó que ya "se corrió traslado al Sindicato de Comercio porque lo que se resuelva tendrá repercusiones sobre los trabajadores".
Consultado sobre el estado del pedido por parte de Malambo S.A. informó: "Estamos en pleno análisis de la situación, la firma presentó la documental que es bastante voluminosa porque implica una serie de balances y cuestiones contables entre otro tipo de elementos que fueron solicitados, ya que hay requisitos muy específicos para pedir el preventivo de crisis".
Finalmente, González opinó en diálogo con Reporte 2820 que "desde ya la situación no escapa al contexto general de crisis que vive el país; incluso a nivel local, otras empresas han solicitado el preventivo de crisis, como por ejemplo la distribuidora Entremax S.A.".
¿Qué es el procedimiento preventivo de crisis?
El Procedimiento Preventivo de Crisis se encuentra legislado en la Ley 24.013 entre los arts. 98 y 105 inclusive. Fue reglamentado por el decreto 265/2002, y está previsto para los casos de suspensiones y despidos por razones de fuerza mayor, causas económicas o tecnológicas que afecten el 15% de la dotación en empresas de menos de 400 trabajadores, el 10% de aquellas que cuenten con 400 a 1000 trabajadores, y el 5% de las empresas con más de 1000 trabajadores. Dichas causas deben ser justificadas y homologadas por la jurisdicción administrativa correspondiente.
En este sentido, el pedido del procedimiento preventivo de crisis por parte de la firma local Malambo S.A. suma incertidumbre y preocupación en cuanto a la posible pérdida de fuentes laborales y la suspensión de turnos de trabajo.