Economía Tras casi dos años de suspensión

AFIP vuelve con las ejecuciones y hay 10.000 deudores en la mira

El proceso se realizará de forma gradual; en un principio, se trata de contribuyentes que acumularon deudas impagas en situación de ejecución fiscal por más de $160.000 millones.
Luego de casi dos años suspendidas por la pandemia de coronavirus, en febrero la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volverá a la carga con las ejecuciones fiscales. En un principio, el ente recaudador avanzará contra los contribuyentes más riesgosos, que acumularon las deudas impagas más elevadas, con el objetivo de “proteger el interés fiscal”.

“Le recordamos que el 31 de enero de 2022 finaliza el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales dispuesto como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia del Covid-19. Por ello, a partir del 1 de febrero de 2022 su deuda estará en condiciones de ser ejecutada judicialmente”, sostiene la inducción remitida por la AFIP.

Los procesos se llevarán a cabo de forma gradual, en línea con la recuperación económica del país. En los próximos días, las ejecuciones fiscales previstas apuntan a unos 100.000 contribuyentes que acumularon deudas impagas por más de $160.000 millones.

La situación no es novedosa para los contribuyentes intimados. En el último año y medio la administración federal los notificó “en reiteradas oportunidades” sobre la deuda acumulada y el peligro de la ejecución fiscal en la que se encontraban, a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

Cabe recordar que las ejecuciones fiscales fueron suspendidas 19 meses atrás con el fin de “amortiguar los efectos económicos” provocados por la pandemia. Desde ese entonces, los únicos procedimientos que se llevaron a cabo fueron sobre aquellos contribuyentes que se vieron alcanzados por el aporte solidario y extraordinario, más conocido como impuesto a las grandes fortunas, y que decidieron no pagar.

Durante ese período, la entidad que dirige Mercedes Marcó del Pont estableció distintas herramientas para que los contribuyentes morosos se pongan al día con las deudas generadas “como consecuencia de la crisis del Gobierno anterior así como resultado de la irrupción de la pandemia”.
Cómo evitar la ejecución fiscal
Fuentes de la AFIP enfatizaron que antes de llegar a la instancia de ejecución, los contribuyentes fueron intimados y notificados “en reiteradas oportunidades”. Sin embargo, antes de avanzar con el proceso formal de las ejecuciones, la administración federal realizó una última comunicación a ese universo para informarle sobre las herramientas disponibles para regularizar las deudas vencidas.

Por un lado, está la moratoria o ley de Alivio Fiscal. En este caso, se permite ponerse al día con las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2021, así como las infracciones relacionadas a dichas deudas. El beneficio ofrece la posibilidad de cancelar las deudas en hasta 120 cuotas, y los contribuyentes se pueden adherir hasta el 15 de marzo de 2022.

También está el plan de facilidades de pago permanente, que permite regularizar las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas con posterioridad al 31 de marzo de 2021. El plan contempla un máximo de ocho cuotas y la posibilidad de que el contribuyente elabore seis planes.
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