Topes de facturación y pagos mensuales
De esta manera, en la categoría H, la más alta para quienes son prestadores de servicios, la facturación anual tope pasará de $1.739.493,79 a $2.353.535,10. Y en la categoría K, la más elevada para venta de cosas muebles, de $2.609.240,69 a $3.530.302,65, siempre en caso de aprobarse el proyecto de ley.
En el caso de los pagos mensuales, el impuesto integrado pasará, en la categoría más baja (la A, que permitirá una facturación anual de hasta $282.424,20, en lugar de los $208.739,25 actuales), de $168,97 a $228,62; la contribución para el sistema previsional, de $745,49 a $1008,65, y el aporte a la obra social, de $1041,22 a $1408,77. Así, el importe total, que en los escalones más bajos del monotributo es igual para actividades de servicios o de comercio, subirá de $1955,68 a $2646,04, siempre sujeto a la aprobación de la ley.
Para estar en la categoría B, la facturación máxima permitida se elevará de $313.108,87 a $423.636,30. El impuesto integrado pasará de $325,54 a $440,45; el pago al sistema jubilatorio, de $820,04 a $1109,51, y el aporte a la obra social, de $1041,22 a $1408,77. El monto total a abonar mensualmente será de $2958,73.
En este mes de enero rige, como todos los años, la obligación de recategorización por parte de los incluidos en el monotributo. Pese a que ese trámite se hace en el primer mes de cada año con la tabla de categorías ya actualizadas, en la AFIP señalaron que por ahora, al no estar aprobada la nueva ley, los contribuyentes deberán observar los montos todavía vigentes (que son los que rigieron en 2020). Y que luego se tomarán medidas para hacer las adecuaciones correspondientes. El plazo, que no se previó modificar pese a la indefinición sobre la actualización del esquema, vence el 20 de este mes. Por ahora, el proyecto de ley no tiene fecha para su tratamiento, pero está incluido para ser considerado en las sesiones extraordinarias de estos días (el tema fue incluido en el anexo del decreto 967, de principios de diciembre último)