Economía Banco Central

Disponen la reanudación de las actuaciones sumariales, cambiarias y financieras

A partir del 23 de noviembre, se reanudarán los plazos procesales para actuaciones sumariales, cambiarias y financieras instruidas en las leyes del Régimen Penal Cambiario y de Entidades Financieras.
El Banco Central (BCRA) dispuso que, a partir del 23 de noviembre, se reanudarán los plazos procesales para actuaciones sumariales, cambiarias y financieras instruidas en las leyes del Régimen Penal Cambiario y de Entidades Financieras, que fueron suspendidas desde el inicio de la pandemia de coronavirus con la implementación de las medidas de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO).

La efectiva reanudación de los plazos se producirá el martes próximo -24 de noviembre-, ya que el lunes es feriado nacional por el Día de la Soberanía Nacional, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos en estos meses por no ser necesaria la intervención de los encausados.

Al respecto, el Directorio de la autoridad monetaria estableció que los escritos deberán ser presentados en soporte papel ante la Mesa General de Entradas del Banco Central de la República Argentina, de lunes a viernes de 10 a 14.

Para el cotejo de actuaciones, en los casos que fuera solicitada la asistencia presencial en las Gerencias de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario y en lo Financiero, se dispondrá la atención mediante la asignación de turnos previos, que deberán solicitarse a través de correo electrónico.

Los turnos para las actuaciones cambiarias dirigirse a gerencia.cambiaria@bcra.gob.ar y, para las actuaciones financieras, hacerlo a gerencia.financiera@bcra.gob.ar.

"La fecha para la asignación de los turnos se fijará en función de la existencia o no de plazos procesales en curso para realizar presentaciones, contestar traslados, recurrir resoluciones y/o la urgencia que se determine en cada caso", informó el BCRA en un comunicado.

Podrán realizarse consultas a ambas direcciones de correo electrónico sobre el estado de los sumarios cambiarios y financieros.

Por último, en cuanto a los actos del proceso a cargo del BCRA, podrán hacerse en forma remota y digital en los presumarios y sumarios cambiarios y financieros, sin que ello afecte su validez. (Télam)
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