Economía Senado

Sancionaron la ley de emergencia económica para el sector citrícola

Regirá durante un año en las provincias de Misiones, Entre Ríos, Corrientes, Jujuy y Salta. En paralelo, se aprobó otro proyecto en el mismo sentido para Buenos Aires y Catamarca.
El Senado convirtió en ley este miércoles, por unanimidad, el proyecto que declara la emergencia económica, financiera, productiva y social para toda la cadena citrícola en las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta, por el término de un año.


En paralelo, la Cámara alta aprobó otro proyecto para declarar también la emergencia citrícola en las provincias de Buenos Aires y Catamarca, donde según argumentó Dalmacio Mera, se realizó recientemente la Fiesta Nacional de la Mandarina.


"La intención es paliar la situación de crisis prácticamente terminal que está viviendo esta cadena productiva", explicó el senador entrerriano Pedro Guastavino, del bloque Justicialista, al defender el proyecto que fue impulsado por la diputada Mayda Cresto.


Guastavino puntualizó que "Argentina es el octavo productor de cítricos a nivel mundial" y que esta actividad "exporta aproximadamente 767 millones de dólares al año", además de "dar trabajo a casi 100 mil personas".


En ese contexto, el senador expresó su preocupación por "el impacto del precio desmedido de los insumos, la imposibilidad acceder al financiamiento y la exorbitante presión impositiva", entre otros factores que hacen que el sector tenga "rentabilidad prácticamente nula".


La legisladora Sigrid Kunath, por su parte, manifestó que "no es una solución definitiva al cúmulo de problemas que tienen los productores, pero sí damos una solución de coyuntura para el sector".


En tanto, Alfredo De Angeli sostuvo que "no es el mejor momento para la citricultura, como así tampoco para otras economías regionales, pero sí hay que valorar positivamente que hay un gobierno que escucha y que trata de resolver los problemas, y que se están abriendo muchos mercados en el mundo".


El proyecto faculta al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar regímenes especiales de prórroga y moratorias para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social por parte de la AFIP y la ANSES.

Además, durante la vigencia de la emergencia quedará suspendida la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y medidas preventivas para el cobro de los impuestos y obligaciones de la seguridad social adeudados por los productores.
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