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Qué pasará con la suba del gas atada al dólar: opinan los constitucionalistas

El Gobierno decretó que los usuarios deberán compensar en 24 cuotas con interés a las energéticas por la devaluación. La primera organización en ir a la Justicia ya había conseguido frenar otro aumento.
La semana pasada se conoció -vía Boletín Oficial- que la Secretaría de Energía compensará a las empresas productoras de energía como consecuencia de la devaluación. Así, la variación que registró el tipo de cambio, cercana el 100% recaería sobre los usuarios, a partir de enero de 2019. Según se detalló, el pago se podrá hacer en 24 cuotas, con interés.

Esta nueva medida, que ya fue denunciada por el fiscal Federal Guillermo Marijuan, fue cuestionada y hasta considerada inconstitucional por especialistas en la materia consultados por El Cronista.

El abogado y profesor de Bases Constitucionales de Derecho Privado (UBA) Juan Vicente Sola aseguró: "Lo que está pago no puede retraerse". Y agregó: "En mi opinión, una vez que se cumplió el pago, se cumplió el pago. Es como si hubiese pagado en dólares. Ahora vale $ 40, bueno, mala suerte".

De todas maneras, Sola aclaró que sí se puede aplicar este cobro retroactivo a aquellos usuarios que no hayan pagado su factura de gas o que haya pagado en cuotas.

Es lo que, dijo, costará cada una de las 24 cuotas que deberán pagar los usuarios para afrontar el costo de la compensación a las distribuidoras por el aumento del dólar.

El abogado Andrés Gil Domínguez afirma que esta medida que se conoció la semana pasada "es claramente inconstitucional", porque viola el artículo 42 de la Constitución Nacional, y aclara que no viola solo el texto, sino también la interpretación que le dio la Corte Suprema de Justicia en la "Causa Cepis", en la que se estableció que las tarifas, para ser válidas, "no solamente tienen que pasar por todo un procedimiento formal, en el que se incluía una audiencia pública previa, sino también, que el monto final de las tarifas tenía que ser razonable y proporcional con el servicio que se prestaba y con las distintas categorías de usuarios y consumidores al cual se le brindaba", resume.
Precio dólar
Además, Gil Domínguez remarca que fijar las tarifas de gas al precio de una moneda que no se emite en la Argentina, que no es circulante, y a la que los salarios no se adecuan "es totalmente desproporcionado". Y apunta al Congreso de la Nación, cuando señala que, con la medida, también se viola el artículo 75, inciso 19 de la Constitución, en donde se le recomienda al Congreso defender el valor de la moneda.

Y ejemplificó: "Entre ellas, las acciones de clase, procesos colectivos, en los cuales hay organizaciones o personas que representan a un grupo de consumidores que pueden reclamar el pago, porque a veces las diferencias individuales son mínimas y no justifican un juicio, pero cuando se hacen en una acción colectiva o de clase, se hacen de otra manera". Y trae a colación, como Gil Domíguez, el fallo de la Corte en el Caso Cepis.

Gil Domínguez coincidió en este sentido y señaló: "Claro que afecta que hace como 10 años que no exista un defensor del pueblo (que debe ser asignado por el Congreso), porque deja en una situación de total indefensión a los usuarios y consumidores. Esta es una causa clara para que intervenga un defensor del pueblo". De todas formas, remarcó: "También lo pueden promover las ONG o un usuario, individualmente".

De esta forma, si este caso termina judicializándose, como todo indica, será un desfío para la Corte que hace unos días preside Carlos Rosenkrantz, como en 2016 le tocó a Ricardo Lorenzetti. Según se anticipó Sola, en caso de que esto ocurra, "Me parece que la Corte va a acompañar a los consumidores que hayan pagado; que hayan cumplido con sus obligaciones".
Otra demanda de Cepis
Así como en 2016 el Centro de estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad logró frenar los incrementos ante la Corte Suprema, esta mañana presentó, ante la Justicia Federal de La Plata, una acción de amparo colectivo de alcance nacional contra el incremento.

De acuerdo al comunicado que emitió el centro: "La presentación establece que el aumento del gas se produce por la decisión gubernamental de devaluar el peso y, por tanto, las consecuencias no pueden soportarlas exclusivamente los usuarios del servicio.

La diferencia que existe entre el precio de las tarifas para los usuarios establecido en audiencias públicas y el costo del gas previsto en los contratos no puede ser afrontado por los ciudadanos porque de ese modo estarían asumiendo riesgos y costos que no han sido generados por ellos. Es el Poder Ejecutivo Nacional quien determina la política cambiaria del Estado."
Fuente: El Cronista.com.
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