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Plan de pago a jubilados: Cómo funcionará y quiénes quedan afuera

La Anses habilitará esta semana un sistema de consultas por Internet para que cada interesado sepa si accederá al reajuste y al cobro de los juicios. Alcanzará a más de 2,4 millones de personas. Requisitos y detalles a tener en cuenta.
Esta semana, cada jubilado podrá saber si está incluido o no en el plan de reajuste de haberes y pago de juicios que pondrá en marcha la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), establecido por la ley 27.260, que fue publicada el viernes pasado en el Boletín Oficial.

Según informó el organismo encargado de pagar las jubilaciones, se habilitará una página de Internet en la que, si se ingresa con una clave personal, se obtendrá esa información. Esto ocurrirá apenas se publique la reglamentación de la ley referida al programa de "reparación histórica" con los jubilados.

En esta primera etapa, sólo se notificará si alguien es alcanzado o no por el plan, que será de adhesión voluntaria. En los casos en que la persona no sea beneficiada, según explicaron en la Anses, podrá pedir una entrevista para consultar las razones de la exclusión. El plan alcanza a unos 2,4 millones de jubilados.

Para saber cuál es la oferta que hará en cada caso el Gobierno (es decir, cuál sería el nuevo ingreso mensual y, si correspondiera, el monto de la retroactividad), se deberá esperar hasta septiembre. Sólo a partir de ese mes los jubilados contarán con información suficiente para poder analizar la conveniencia de adherir o no al plan. En caso de aceptar, habrá que suscribir un acuerdo que deberá ser homologado por un juez del fuero de la seguridad social.

Tanto para recibir los datos como para poder suscribir luego el acuerdo, los jubilados deben cumplir con una serie de trámites y requisitos.

El primer trámite es ingresar a la página de Internet www.anses.gob.ar para generar una clave personal. Ésta se obtiene completando datos en la Web (hay que hacer clic en la solapa que dice Mi Anses). Para validar la clave elegida, el sistema hace tres preguntas relacionadas con la vida laboral o el cobro de beneficios de la persona interesada. Si se responde todo correctamente, se habilita el código sin necesidad de ir personalmente a una oficina de la Anses. Una vez en la página, se deberán verificar los datos personales y de contacto que aparecen consignados.

Otro requisito es registrar la huella digital, algo que más de 3 millones de pasivos ya hicieron en el banco donde cobran habitualmente sus haberes. De no haberlo hecho, y si el banco todavía no tiene el sistema habilitado, el camino es recurrir a alguna unidad de atención de la Anses habilitada para este trámite (no todas lo están). El organismo también está gestionando acuerdos con las entidades bancarias que habilitaron ya el sistema de la huella para que puedan recurrir allí los jubilados que cobran en otros lugares.

Éste es un paso ineludible para adherirse al plan, porque la firma del acuerdo se hará "con el dedo": se utilizarán las huellas digitales del beneficiario y de su abogado (por tanto, los profesionales también deberán hacer antes el empadronamiento).

¿Cuántos jubilados están alcanzados por el plan? Según ya informó la Anses, se trata de más de 2,4 millones de personas. De ellas, 60.000 tienen sentencia judicial firme; otras 400.000 tienen su demanda en trámite, y el grupo más numeroso, de unos 2 millones de personas, es el de quienes no se presentaron a la Justicia, pero se les reconoce que cobran menos de lo que deberían, si se toma en cuenta lo dicho por los jueces de la Corte Suprema en sus fallos.

Las sentencias a las que se busca dar cumplimiento con este plan son cuatro, aunque las que abarcan a más personas son dos: el caso Badaro, que estableció que todas las jubilaciones debieron haber aumentado entre 2002 y 2006 no menos que la variación que tuvo un índice salarial; y Elliff, una causa en la cual se determinó que deben actualizarse los valores históricos de las remuneraciones de los últimos 10 años de vida laboral de la persona, que son considerados en el cálculo del haber inicial. Las otras dos causas son "Sánchez" y "Monzó".

En el recálculo del haber inicial, se actualizarán los salarios de los últimos diez años trabajados en función de la evolución que tuvo un índice llamado remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte), que publica la cartera laboral. Los jueces previsionales, en cambio, disponen en sus fallos, y a partir del caso Elliff (en el que, según destacan en la Anses, se reconoce como una facultad del organismo elegir un parámetro de ajuste), la utilización del índice de salarios básicos de la industria y la construcción (Isbic), que tuvo por lo general una variación más alta. Esto determinará diferencias entre lo que está próximo a ofrecer el Gobierno y lo que podría conseguirse en un juicio.

Otra diferencia surgirá, en algunos casos, por el hecho de que el plan de reparación aplicará un tope, que es el haber máximo que rige para el sistema. Ese valor hoy es de $ 36.330 mensuales y se elevará en septiembre por el régimen de movilidad.

Un factor a tener en cuenta al analizar la aceptación o no del plan -que, según cálculos de la Anses, derivará en una mejora promedio del ingreso de un 40%- es en qué estado está el juicio, en caso de exisitir. Y el hecho de que se cuente o no con una sentencia firme. En el Gobierno afirman que, a la par de la implementación de este plan, continuarán liquidando los fallos que le van llegando desde la Justicia, y para lo cual este año se presupuestaron $ 12.500 millones.

El programa contempla el reconocimiento de una retroactividad sin límite temporal para quienes tengan sentencia firme, en tanto que ese pago se limitará a cuatro años en el caso de quienes estén con un juicio en trámite (se cuentan dos años hacia atrás desde el momento de la notificación de la demanda a la Anses, más el tiempo que haya transcurrido luego).

Los montos retroactivos (que surgen de la diferencia entre lo que se debió haber cobrado según el nuevo cálculo y lo que se cobró efectivamente) se percibirán de la siguiente manera: 50% en efectivo y 50% en cuotas trimestrales que se pagarán durante 3 años y serán actualizadas cada 6 meses por el índice de movilidad.

Para quienes no iniciaron juicio hasta el 30 de mayo pasado, no habrá retroactividades. El nuevo haber será reconocido desde la fecha de aceptación formal de la propuesta, aunque la fecha de inicio del cobro dependerá de cuánto demore el paso de la homologación judicial.
Cómo funcionará el sistema
Paso a paso para hacer la consulta

Inicio de la consulta en internet: ingresar a www.anses.gob.ar y tras clickear en el apartado Mi Anses, generar una clave de la seguridad social

Datos para actualizar: clickear en el ícono de Contacto (este ícono representa un pequeño teléfono) y actualizar los datos personales

Registro de huella digital: si aún no lo hizo, registrar la huella digital en el banco donde cobra los haberes o en alguna oficina de atención de la Anses

Consulta sobre el ajuste: consultar en la página si corresponderá o no un reajuste del haber

Firma del acuerdo: en septiembre, al conocer la oferta de pago, se podrá aceptar el acuerdo; se firmará con la huella digital del beneficiario y de su abogado

Paso por el juzgado: el acuerdo se transferirá por vía electrónica al fuero de la seguridad social, donde un juez deberá homologarlo

Listo para el cobro: se empezará a cobrar el haber actualizado y, de corresponder, el 50% de la retroactividad; el 50% restante se cobrará en cuotas
Quiénes quedan al margen del programa
Al estar específicamente referido a dar cumplimiento a cuatro sentencias de la Corte Suprema de Justicia, el plan de recomposición de ingresos previsionales no contempla a la totalidad de los jubilados y pensionados que están en el régimen nacional gestionado por la Anses.

Quedan al margen, lógicamente, los pasivos que ya hicieron juicios por estas causas y cobraron sus sentencias. También, quienes obtuvieron la prestación a través de la moratoria sin tener aportes previos, y quienes están jubilados por regímenes especiales, como el caso de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial. O bien quienes están en actividades con leyes particulares para el retiro, como el caso del servicio exterior. Tampoco corresponde para varios regímenes referidos a docentes ni a quienes cobran pensiones que provienen del eliminado sistema de capitalización (AFJP), si es que en su ingreso no hay un componente del sistema de reparto.

Entre quienes habían obtenido ingresos en el régimen de capitalización quedaron perjudicados, tras la estatización del sistema, quienes cobran rentas vitalicias de una compañía de seguros de retiro (esa era una de las modalidades posibles de cobro que tenía el sistema). En estos casos hoy no se garantiza el haber mínimo ni se aplica la movilidad, es decir, los dos aumentos que se dan en el año, en los meses de marzo y septiembre. La Corte Suprema ya se expidió y determinó que a esas personas sí se les deben reconocer esos derechos. Sin embargo, esas sentencias quedaron al margen del radar del actual programa de reparación. En la Anses aseguran que analizarán el tema para dar una respuesta en una etapa posterior.

Quienes sí están incluidos en el plan son quienes se jubilaron por las leyes 18.037, 18.038 y 24.241 y están alcanzados por la ley 26.417, de movilidad. Claro que es el análisis de cada situación lo que luego determina el alcance del plan.
Fuente: La Nación
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