Sociedad El siniestro ocurrió en Rosario

Podrá seguir conduciendo el joven que corría "picada" y causó una muerte

Es uno de los jóvenes que el sábado 30 de julio corría una picada en la ciudad de Rosario y causó la muerte del conductor de un auto al que chocó. Lo imputaron y pidieron que lo inhabiliten, pero el juez rechazó ese pedido.
Lisandro A. es uno de los jóvenes que el sábado 30 de julio corría una picada por el bulevar 27 de Febrero. Cuando llegó a calle Necochea de la ciudad santafesina de Rosario y atravesó el semáforo en intermitente a más de 90 kilómetros por hora, consiguió esquivar un Fiat Duna rojo; pero su amigo, Ariel L., que conducía el otro auto que participaba de la competencia, no. Por eso, cuando se formó causa por la muerte de Andrés Muñoz (conductor del Duna) a Lisandro no se lo acusó por el delito de "homicidio culposo triplemente agravado" que recayó sobre su compañero. Ayer la Fiscalía lo imputó del delito de correr picadas y pidió que mientras dure el proceso estuviera inhabilitado para conducir. El juez rechazó la última solicitud.
La picada fatal ocurrió un sábado muy temprano. Ariel L., de 28 años, conducía un Renault Laguna gris y Lisandro A., de 23, estaba al volante de un Chevrolet Vectra. Iban a la par y, según las primeras pesquisas, a más de 90 kilómetros por hora. El cálculo fue realizado en base a las cámaras de seguridad que hay en la zona, que registraron el momento preciso en el que los jóvenes, que iban por 27 de Febrero hacia el este, atravesaron la intersección con Necochea.
Eran las 5.15. Poco antes, Andrés Muñoz, de 40 años, había salido de su casa, en la zona sur, en su Fiat Duna rojo. Pasó a buscar a su amigo Elías y lo llevaba a trabajar cuando se atravesó, sin saberlo, en medio de la competencia ilegal. Lisandro A. consiguió esquivarlo, pero Ariel L. lo chocó de lleno. El Duna dio algunos trompos y su conductor terminó muerto.
La imputación
Lisandro A. fue imputado ayer por el delito de correr picadas, previsto en el artículo 193 bis del Código Penal. Este prevé penas de entre seis meses y tres años de prisión e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena al conductor "que creare una situación de peligro para la vida o integridad física de las personas mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo con motor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente".
Es que a pesar de que tanto él como Ariel L. generaron la situación de riesgo, la jurisprudencia en Argentina establece que en los homicidios culposos, es decir, sin intención, sólo puede ser imputado de ese delito quien generó la acción que derivó en la muerte. En este caso, el que chocó al Duna.
Desde el 1º de agosto Ariel L. está con prisión domiciliaria por ese delito triplemente agravado por haber ocurrido en una picada, por circular a por lo menos 30 kilómetros por hora por encima de la velocidad máxima permitida ?que en el caso de las avenidas es 60 km/h?; y por "culpa temeraria", es decir, conducir de un modo que podría poner en peligro a cualquier persona a su alrededor.

Durante la audiencia de ayer, el fiscal Walter Jurado hizo una breve reconstrucción del hecho, solicitó la imputación y, además, pidió que se impusieran algunas normas de conducta a Lisandro A..Entre ellas, que le fuera retirada la licencia de conductor hasta que se resuelva su situación penal.
El defensor Federico Laurito se opuso y el juez Carlos Leiva resolvió en su favor porque la ley sólo prevé la suspensión de licencias en hechos de homicidios culposos o lesiones graves. Fuente: (La Capital).-
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