Sociedad Gualeguaychú

Barrio náutico: Rechazaron la apelación presentada por la empresa

Lo insólito y llamativo del caso es que con una norma derogada hace más de una década, la causa pasó por funcionarios judiciales y al menos una decena de abogados quienes no se percataron de semejante situación.
El Superior Tribunal de Justicia rechazó el Recurso de Apelación presentado por los abogados de la empresa altos de Unzué, constructora del proyecto Amarras, y salió a la luz que todo el proceso se había realizado sobre la base de una ley ya derogada. De todas maneras, el abogado que presentó el Amparo Ambiental, Julio Majul, dijo que el fallo del Juez Civil y Comercial Nº 2 de Gualeguaychú, Marcelo Arnolfi, se mantiene firme.

El STJ dejó firme el fallo en primera instancia pero sin siquiera leer el trabajo de los abogados de la empresa, sino que recurrió a una cuestión formal. En efecto, se aplicó la Ley 9.550 de Procedimiento Constitucional, que incorporó un capítulo para el Amparo Ambiental y establece un plazo de 24 horas para la presentación del Recurso de Apelación.

Según esa norma, la presentación de los abogados de Amarras fue realizada fuera de término. Ello ocurrió así porque los abogados Daniel Garbino y Alejandro Briozzo presentaron la apelación en un plazo de 72 horas, y el Superior Tribunal de Justicia consideró que ese es el tiempo que fijaba la Ley 9.032 para Amparos Ambientales, norma que fue aprobada en 1996 y ?ahora se sabe-, fue derogada en 2004, pero no el plazo de 24 horas que contempla la ley vigente.

Lo curioso es que por la citada norma derogada hace casi 11 años, fue presentado el Recurso de Amparo Ambiental por parte del abogado Majul, algo que insólitamente el juez Arnolfi no advirtió. El Magistrado dictó su sentencia haciendo mención expresamente a varios preceptos constitucionales y además a la derogada ley. Ello significa que con una norma derogada hace más de una década, la causa pasó por funcionarios judiciales y al menos una decena de abogados quienes no se percataron de semejante situación.

Además de Majul, el Juez Arnolfi, y los abogados de la empresa, participaron profesionales de las Municipalidades de Gualeguaychú y de Pueblo Belgrano, de la Fiscalía de Estado en representación de varias áreas del Gobierno provincial y también conocidos letrados de Gualeguaychú que, mediante escritos, acompañaron firmas de vecinos y ampliaron la presentación que dio origen a la judicialización del caso.

Ahora, los abogados Garbino y Briozzo, en representación de la empresa, han planteado un Recurso Revocatorio de la decisión ante el Superior Tribunal. Mientras tanto, queda por conocer qué sucederá con la cuestión de fondo en cuanto al futuro del emprendimiento del barrio náutico en Pueblo Belgrano, incluso si ahora el Superior Tribunal se mantuviera firme en su decisión de rechazar el Recurso de Apelación.
Fuente: Maximaonline
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