Además, doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe: la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos; y tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, incluyendo bares, pubs, boliches.
En tanto, durante las elecciones del domingo y hasta tres horas después del cierre de los comicios están prohibidos los espectáculos populares al aire libre; los espectáculos populares en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas; toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral; y publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.
Asimismo, a 80 metros de la mesa receptora de votos está inhabilitado: la realización de reuniones de electores en los domicilios; la utilización de las viviendas como depósito de armas; la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.