Política Sobre lo actuado por el FpV

Solanas aclaró que dictaminaron y se opusieron a la excarcelación de violadores

El diputado del FpV aclaró que sobre la prohibición de la libertad condicional por delitos sexuales, la votación del bloque "fue afirmativa, sin registrase observación u oposición". Además, aclaró que se sostuvo "un dictamen en minoría
El nuevo régimen de excarcelaciones comenzará a debatirse el próximo martes en el Senado de la Nación. Se pondrá a discusión una iniciativa ya sancionada en la Cámara de Diputados por la cual se endurece el sistema, prohibiendo el régimen de semi-detención o de salidas transitorias en imputados por delitos de homicidio, de índole sexual y robo con armas, entre otros.
El proyecto que en la Cámara baja impulsó el radical Luis Petri, allí sólo fue apoyado por el bloque de Cambiemos y por un sector del massismo, ya que el bloque del FpV lo cuestionó duramente y votó en contra, señala una nota de Elentrerios.com.

La nota acompaña la documentación del Congreso de la Nación de aquella votación nominal, que se desarrolló el 23 de noviembre del 2016 y en la que se da cuenta de la postura de los legisladores entrerrianos en dicha sesión. Específicamente, del bloque del FpV, tres se encontraban Ausentes y dos de ellos, votaron en contra de la iniciativa del radical Preti.
Al respecto, el diputado nacional del FpV por Entre Ríos, Julio Solanas, envió un comunicado a Elonce.com para aclarar lo actuado por su bloque en el tema y echar luz sobre la publicación de Elentrerios.com, ya que según dijo, fue "mencionado en dicho artículo".
Con dictamen de minoría
En el escrito, el legislador Solanas, aclara que "considera oportuno" aclarar que los "Diputados del FpV dictaminamos la prohibición de la Libertad Condicional a los autores por Delitos Sexuales", señala y explica "cuál ha sido la postura por la cual, no acompañáramos el dictamen propuesto por la mayoría".
Al respecto, Solanas indicó en el comunicado que "los Diputados integrantes del Bloque del Frente para la Victoria, al debatirse los proyectos (3805-D-2016 y 4829-D-2016), sostuvimos un dictamen en minoría, sobre la modificación de la Ley 24.660, que regula el régimen de la Pena Privativa de Libertad".
Se opusieron a la libertad condicional
"El dictamen elaborado por el FPV estableció de forma contundente la prohibición de la concesión de la libertad condicional en los casos de reincidencia, homicidio (artículo 80 inc.7), abuso sexual (artículos 119 y 120) y delitos contra la libertad individual (articulo142), robo con ocasión del homicidio (artículo 165), y en el supuesto que sustrajere, retuviere u ocultare a una persona para sacar rescate", remarcó Solanas en el escrito enviado a Elonce.com para aclarar sobre una publicación que se dio a conocer este jueves.

En tal sentido, el diputado Solanas remitió en el comunicado, una transcripción textual de aquel dictamen emitido en noviembre del año pasado. El legislador citó: "Art.33.- Modifíquese el Artículo 14 del Código Penal, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 14: La Libertad condicional no se concederá a los reincidentes. Tampoco se concederá a los casos previstos en los artículos 80, inciso 7°; 119 tercer párrafo, 120 segundo párrafo; 124, 142 bis, anteúltimo párrafo; 165 y 170, anteúltimo párrafo".
Fundamentos de la postura
Asimismo, el diputado nacional del FpV por Entre Ríos, Julio Solanas, mencionó los fundamentos por los que se opusieron en general al proyecto oficialista de Luis Petri. "Fue porque no compartimos que el régimen de libertades quede sujeta a la exclusiva subjetividad de los jueces, en vez de estar el Código Procesal Penal, que es donde deben estar reguladas la prisión preventiva y la prisión anticipada", resaltó el legislador entrerriano y ex intendente de Paraná.
Votación afirmativa
Por otra parte, Solanas se refirió también al tratamiento de cada artículo en particular. En tal punto, el diputado recordó que "sobre la prohibición de la libertad condicional por delitos sexuales, la votación fue afirmativa, sin registrase observación u oposición".
Finalmente, Solanas fue contundente al explicar su argumento sobre el régimen de excarcelaciones, y remarcó que "sin lugar a dudas, nunca avalaríamos a quien comete un delito tan aberrante como el de abuso sexual. Por ello, en el año 2012 (8352-D-2012, reproducido por Expte 0710-2014), fuimos autores de un Proyecto de Ley de Imprescriptibilidad de la Acción Penal, en los supuestos de delitos contra la integridad Sexual y contra la Libertad Individual", finalizó el legislador en el comunicado enviado a Elonce.com.
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

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