Política Promulgación

Entró en vigencia la Ley de Acceso a la Información

La ley obliga a los tres poderes del Estado, al Ministerio Público, a empresas, partidos políticos, universidades y gremios que reciban aportes públicos, a responder las solicitudes de información en un plazo no mayor a un mes.
El presidente Mauricio Macri promulgó hoy la Ley de Acceso a la Información que se sancionó en una votación por amplia mayoría en la Cámara de Diputados.

Con la publicación en el Boletín Oficial tanto de la ley, como del decreto 1044/2016 que la promulga, la norma entró en vigencia.

El 14 de septiembre pasado, la Cámara de Diputados sancionó la norma en una votación con 182 votos positivos frente a 16 negativos.

Con esa decisión, la Cámara baja ratificó la versión de la norma a la que había dado media sanción y descartó modificaciones introducidas por el Senado.

La ley obliga a los tres poderes del Estado, al Ministerio Público, a empresas, partidos políticos, universidades y gremios que reciban aportes públicos, a responder las solicitudes de información que eleve cualquier ciudadano en un plazo no mayor a un mes.

Puntualmente, la ley da plazos precisos para que los distintos órganos del Estado cumplan con su deber de informar: 15 días, y la posibilidad de una prórroga "excepcional" por otros 15 días.

Entre las excepciones a la obligación de informar figura la información clasificada como reservada, confidencial o secreta por razones de defensa o de política exterior.

También, toda aquella información que pudiera poner en peligro el funcionamiento del sistema financiero; secretos industriales, comerciales, financieros, científicos cuya revelación pudiera perjudicar el nivel de competitividad.

La ley crea una Agencia de Acceso a la Información Pública, un ente autárquico que funcionará con autonomía funcional en el ámbito del Poder Ejecutivo.

Su director, propuesto por el gobierno nacional, deberá ser elegido en un procedimiento público y durará cinco años en su cargo.

Asimismo, cada uno de los poderes del Estado deberá crear sus propias agencias cuyo funcionamiento deberá ser acorde al de la Agencia de Acceso a la Información Pública.
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

NOTICIAS DESTACADAS