Política Paraná

Quienes reconozcan su infracción al tránsito pagarán la mitad del monto de la multa

La Municipalidad de Paraná reglamentó el pago voluntario de las multas de tránsito: quienes se acojan a él tendrán una reducción del 50 por ciento del monto de la sanción y tienen 15 días de notificada el acta para acceder al beneficio.
La Municipalidad de Paraná estableció una serie de pautas para acogerse al pago voluntario de multas por infracciones de tránsito; lo hizo a través de la reglamentación del artículo 85° de la ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial. Dispone que la adhesión a este beneficio debe realizarse dentro de los 15 días de notificada el acta y que vencido este plazo la posibilidad caducará automáticamente. Quienes se acojan a él tendrán una reducción del 50 por ciento del monto de la sanción.

Acogerse al pago voluntario de las multas por infracciones contra el tránsito implica el reconocimiento voluntario de la contravención y, a la vez, conlleva el beneficio de la reducción del 50 por ciento de la multa punitiva, según se establece en el artículo 85° de la Ley Nacional N° 24.449, de Tránsito y Seguridad Vial, y sus modificatorias.

El Ejecutivo municipal reglamentó ese artículo y estableció las pautas para aplicarlo. Lo hizo mediante el decreto Nº 1975, que tiene fecha del 12 de septiembre y fue publicado en el Boletín Oficial de este jueves.

Allí dispuso que el acogimiento al beneficio del pago voluntario de la multa se efectúe en los Juzgados de Faltas. El trámite de acogimiento se puede hacer personalmente o por apoderado, pero debe producirse dentro de los 15 días de notificada el acta, ya que vencido este plazo la posibilidad caducará automáticamente.

También facultó al Juez de Faltas competente, o en su defecto al subrogante legal, para determinar el importe de la multa que corresponda con la reducción del 50 por ciento. Y precisó que los desembolsos en virtud del acogimiento al beneficio de pago voluntario deberán realizarse en los lugares habilitados a tales efectos.

En tanto, autorizó a la Dirección General de Sistemas y Telecomunicaciones a realizar las modificaciones que resulten pertinentes para adecuar estas pautas a las necesidades y requerimientos que surjan de la experiencia en su aplicación.

Y por último detalla que las disposiciones de este decreto se aplicarán a todas las faltas contra el tránsito.

La emisión de este decreto se efectuó luego de que se sancionara y promulgara en Paraná la Ordenanza N° 9211, que establece un reordenamiento de la legislación existente a nivel municipal en lo que refiere al control y juzgamiento de las faltas contra el tránsito conforme la Ley Nacional de Transito y Seguridad Vial.(APFDigital)
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