Policiales Condenas y sobreseimientos

Juzgan a integrantes de dos bandas que dirimían sus diferencias a tiros

Tenían en vilo a barrio El Morro, en el noreste de Paraná. Los imputados participaron de una audiencia de juicio abreviado en la que aceptaron los cargos que se les formularon y las penas acordadas. El lunes se conocerá la sentencia.
Juzgan a integrantes de dos bandas que dirimían sus diferencias a tiros
Foto: Juzgan a integrantes de dos bandas que dirimían sus diferencias a tiros
Crédito: El Diario
Facundo Gaspar Luna, de 19 años, y Leandro Sebastián Acevedo, de 21 años, integrantes de una banda de barrio El Morro, y Enzo Hernán y Jorge Raúl Rosarigo, de 20 y 26 años respectivamente, y Luis Oscar Cabrera, de 23 años, miembros de otra banda del mismo barrio, dieron su consentimiento a dirimir en un trámite abreviado los numerosos hechos que se les atribuyeron en el probado contexto de enfrentamiento de ambos grupos, que dirimían sus diferencias a los tiros.

El juez de Garantías Nº 2 Eduardo Ruhl, dará a conocer si homologa el acuerdo el lunes 31 a las 12, si bien adelantó que encontró que aquel resguardaba los requisitos de razonabilidad y legalidad necesarios. No obstante decidió pasar a un cuarto intermedio para "analizar en detalle el acuerdo".

En la audiencia que se celebró ayer, los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry, y los defensores públicos, Jorge Balbuena y Jorge Sueldo, por Luna y Acevedo, y el defensor particular Alberto Salvatelli, por los hermanos Rosarigo y Cabrera, presentaron dos acuerdos.

El primero en relación a la situación de Luna y Acevedo, que contempló la pena de cinco años, comprensiva de una pena de cuatro años que se encontraba cumpliendo, dictada por el Juzgado Penal de Menores, para Luna, por tres hechos; y de tres años de cumplimiento condicional para Acevedo, por un hecho cometido en coautoría con Luna.

El segundo acuerdo, respecto de los hermanos Rosarigo y Cabrera, se consensuó en dos años de prisión condicional para Enzo Hernán Rosarigo, por dos hechos; en tanto que para Jorge Raúl Rosarigo y Cabrera, la pena acordada fue de un año de ejecución condicional, como coautores del mismo hecho.

En el caso de Enzo Hernán, la pena es comprensiva de la revocación de una Suspensión del juicio a prueba o Probation que se encontraba cumpliendo.

El beneficio le fue revocado después de que se comprobara que no estaba cumpliendo con las normas de conducta de rigor, situación por la que fue notificado dos veces, desoyendo en ambos casos el llamado de la Justicia, por lo que fue declarado en rebeldía.

Sobreseimiento
Acevedo, los hermanos Rosarigo y Cabrera no fueron acusados por Fiscalía por varios hechos porque no se pudo sostener con el grado de certeza necesario que la evidencia colectada en la investigación permitiera el pedido de elevación de los hechos a juicio.

Se trató de hechos violentos en los que se utilizó armas de fuego contra personas sindicadas como integrantes de la banda contraria.

Los fiscales resaltaron que las balaceras ocurrían con prescindencia de la presencia de vecinos ajenos a la probada "conflictividad" que aquejaba al barrio por el enfrentamiento. Así, Acevedo fue sobreseído de siete hechos, en tanto que Enzo Hernán lo fue por dos, su hermano Jorge Raúl y Cabrera por uno cada uno.

Buen comportamiento
La audiencia contó con la atenta presencia de efectivos de Alcaidía de Tribunales. Un policía se apostó entre ambas bandas, que no obstante protagonizar violentos incidentes en el barrio, en la sala observaron un comportamiento atildado.

Los delitos que se pretende dirimir en el trámite abreviado comprenden las calificaciones de Robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada, Tenencia ilegítima de arma de fuego de guerra, de uso civil, y una tumbera, Amenazas, Portación ilegítima de arma de fuego de uso civil y Abuso de armas.
Fuente: El Diario
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