Policiales "Interés superior del niño"

Confirmaron arresto domiciliario de una mujer para que cuide a su pequeña hija

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná rechazó el recurso de apelación de Fiscalía y ratificó la sentencia que le concedió la prisión domiciliaria a una mujer que tiene a su cargo a una hija pequeña.
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por Daniel Alonso, Sebastián Gallino, y Pablo Seró, rechazó el recurso de apelación de Fiscalía y ratificó la sentencia dictada por el Juzgado Federal Nº1 de Paraná, que concedió la prisión domiciliaria a Sandra Patricia Bernal, que fue condenada por infracción a la Ley de Estupefacientes. En la resolución, se elevó el "interés superior del niño", puesto que la mujer tiene a su cargo a una hija pequeña que no tiene familiares que se puedan encargar de su cuidado, puesto que el padre también está privado de la libertad.

La sentencia resaltó el artículo 75 de la Constitución Nacional que en el inciso 22 "recepta con jerarquía constitucional y en las condiciones de su vigencia a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, y ya a nivel local, el Estado Argentino sancionó la Ley Nº 26.062 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que refiere al derecho a la preservación de sus relaciones familiares de conformidad con la ley, y a crecer y desarrollarse en su familia de origen".

La Cámara resaltó que "la normativa en análisis llama a otorgar particular incidencia en la resolución de la cuestión, al 'interés superior del niño'". En este sentido, entendieron que "la circunstancia de que el padre de la menor también se encuentre privado de la libertad reviste en el caso una especial relevancia, debiendo destacarse que la medida dispuesta por el juez Federal tiende a preservar el desenvolvimiento de la relación familiar, situación que va en sintonía con el marco normativo conformado por los distintos instrumentos internacionales aplicables a la materia e incluso en el ámbito interno, con la Ley Nº 26.061 que reconoce el derecho de los menores a la preservación de sus relaciones familiares y a crecer y desarrollarse en su familia de origen".

El Tribunal resalto que "no puede soslayarse que el informe del Copnaf obrante en autos no refiere peligro moral o material para la niña" y entendió que correspondía "el rechazo de las postulaciones del Ministerio Público Fiscal, y la confirmación que concede la prisión domiciliaria a la imputada Bernal por encontrarse ajustado a derecho y ser una derivación razonada del derecho vigente". (El Diario)
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