La Defensa de las médicas involucradas, Sonia Tolosa y Flavia Podio, ejercida por los abogados Félix Pérez y Sebastián Arrechea, había solicitado el sobreseimiento de la doctora Podio, postura que también había adoptado la Fiscalía, a cargo del doctor Fernando Martínez Uncal.
En la audiencia de este jueves, solamente estuvieron los defensores técnicos de las imputadas, no encontrándose en la sala el doctor José Ostolaza por la querella y el fiscal, más allá de que ambas partes estaban debidamente notificadas de la fecha y hora de audiencia.
Durante la misma, el juez de Garantías interviniente, doctor Tomás Rojas, resolvió finalmente dictar el sobreseimiento de la Flavia Podio en atención que consideró que no existían evidencias que demuestren el poder de decisión de la médica residente, valiéndose de las declaraciones de imputado de las Dras. Tolosa y Caterino, de la declaración testimonial de la instrumentista-enfermera Peirán y de la legislación que regula el régimen de las residencias médicas en hospitales públicos.
También hizo referencia a que la parte querellante no arrimó ninguna evidencia a la investigación penal preparatoria que revele que la doctora Podio fue la que decidió la aplicación y continuación del plan antibiótico implementado en el niño Thiago Albornoz, y que se basó solamente en las mismas pruebas aportadas por la fiscalía. (03442)