Policiales Lo accordaron en juicio abreviado

No irá a la cárcel el conductor responsable del accidente en el que murió una familia

Gonzalo Zatti fue condenado a tres años de prisión condicional por desencadenar el siniestro en el que murió una familia de San Benito, supo Elonce TV. Fue en el marco de un juicio abreviado. Realizará tareas comunitarias.
El Juez de Garantías Nº 3, Ricardo Bonazzola, dispuso la condena a tres años de prisión condicional para Gonzalo Javier Zatti en el marco de la Audiencia Conclusiva por el accidente de tránsito ocurrido el 1 de marzo pasado en la Ruta 12 en el que perdieron la vida tres personas y otras dos resultaron heridas.
El magistrado convalidó el acuerdo al que llegaron las partes en el marco de un juicio abreviado que se desarrolló este martes en la capital entrerriana, se informó a Elonce TV.
El fatal accidente en el que perdieran la vida Santiago Luis Díaz, Cristina Del Valle Giordano, de 33 años, y Magalí Lorena de 10, se registró durante un intenso temporal que se registraba en el momento del hecho alrededor de las 13.30 en la Ruta Nacional 12, a la altura del kilómetro 431, en cercanías al Paraje de Sauce Pinto. Allí la camioneta Ford F100 al mando de Zatti se cruzó de carril e impactó contra el Renault 12 en que se trasladaba la familia oriunda de San Benito junto a otros dos familiares.

En la audiencia conclusiva llevada a cabo esta mañana en el Salón de Audiencias Nº 1 de Tribunales, el fiscal, Dr. Álvaro Piérola explicó al Juez de Garantías, Dr. Ricardo Bonazzola, que junto con los abogados querellantes y defensores, llegaron a un acuerdo de procedimiento abreviado, para poner fin al proceso penal iniciado por lo que consideró “un hecho rotundamente trágico para las familias”.
El representante del Ministerio Público Fiscal explicó que de la Investigación Penal Preparatoria iniciada por el choque ocurrido el domingo 1º de marzo de este año, a las 13.30, bajo una copiosa lluvia que caía sobre la ruta 12, a pocos kilómetros del cruce de esa arteria con el ingreso a la ciudad de San Benito, surgieron “contundentes evidencias que permitieron sostener la acusación y que en un juicio hubieran permitido que Fiscalía solicite una condena”.

El Dr. Piérola indicó que, junto a los abogados de los familiares de las víctimas fatales, Dres. Fernando Cancillieri y Luis Sonaillón, y a los defensores de Zatti, Dres. César Jardin y Adolfo Amarilla, lograron trabajar “en el marco de la buena fe y razonabilidad”, y así arribaron a un acuerdo de procedimiento abreviado, en el que el imputado reconoció la autoría del hecho, y aceptó una condena de tres años de prisión, de ejecución condicional.
Además, el condenado tendrá inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo automotor por el mismo plazo de la pena, una serie de reglas de conductas, un curso de Educación Vial y tareas comunitarias no remuneradas dos días a la semana, durante tres años (que según indicó la defensa, las realizará en la Escuela Nº 11 “María Elena Boyocchi” de la localidad de Aldea San Antonio).
De la investigación, no surgió ningún elemento para sostener que no se trató de un delito imprudente.

Al momento de realizar su descargo, en el marco de la investigación, Zatti sostuvo que viajaba en su camioneta detrás de un camión, bajo la intensa lluvia, y que la pick up se cruzó de carril por un desperfecto mecánico o por efecto del agua acumulada sobre el asfalto.

La Fiscalía indicó que de las evidencias colectadas surge claramente que Zatti “generó un riesgo prohibido, que se realizó en el resultado, nada menos que tres muertes y dos heridos graves”. Por eso, explicó, se acordó una pena de tres años.

“El dolor de las víctimas no tiene remedio pero la sentencia debe ser un acto de reparación”, sostuvo el Dr. Piérola.
“Esto es una condena, más allá de su modo de ejecución. Si el señor Zatti comete otro hecho o viola de cualquier modo las reglas de conducta, puede transformarse en una pena de prisión efectiva”, resaltó la Fiscalía, según pudo saber Elonce TV.
En cuanto al modo de ejecución de la pena (la condicionalidad), el representante del Ministerio Público fundamentó que se dispuso por la falta de antecedentes de Zatti, su juventud, el hecho de que los análisis toxicológicos permitieron determinar que no había consumido alcohol ni otras sustancias, que llevaba toda la documentación en regla y tenía seguro reglamentario. Además, resaltó que si bien las condiciones climáticas adversas en las que ocurrió el hecho exigían mayor prudencia, también es cierto que dificultaron el manejo del vehículo.

Paso seguido, los abogados querellantes, los defensores y el propio imputado confirmaron su acuerdo con lo convenido con la Fiscalía, acuerdo que suscribieron, al igual que las dos víctimas sobrevivientes.
Finalmente, el Juez de Garantías Nº 3, Dr. Ricardo Bonazzola leyó la parte resolutiva, en la que dispuso la pena de 3 años de prisión, de ejecución condicional, por el delito de “homicidio imprudente y lesiones graves imprudentes, en concurso ideal”, más una serie de normas de conducta, tareas comunitarias y la inhabilitación especial para conducir vehículos por el mismo lapso.
El magistrado recordó que la solución a la que se arribó por acuerdo de las partes evita “la estigmatización que conlleva la pena de prisión de cumplimiento efectivo”. Elonce.com
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