Por acuerdo de las partes, la Sra. Fiscal Auxiliar Nº 2, Dra. Lucrecia Lizzi, con la Defensa Oficial del Dr. Pablo Ronconi, confirmaron dicho acuerdo.
El Dr. Eduardo García Jurado, de conformidad a lo convenido previamente entre las partes aludidas, declaró penalmente responsable a Natalia Muller, en orden a los delitos de lesiones leves calificadas por el vínculo y amenazas calificadas por el uso de arma -primer hecho-; amenazas calificadas por el uso de arma -segundo hecho-; y resistencia a la autoridad y amenazas calificadas por el uso de arma -tercer hecho-. Todos en concurso real entre sí y en calidad de autora (arts. 45, 55, 89 y 92 en remisión al art. 80, inc. 1º, 149 bis, primer párrafo, segundo supuesto del Código Penal).
Por lo expuesto, se condenó a Natalia Carolina Muller, a la pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional, como autora penalmente responsable de los delitos referidos, y se dispuso la aplicación de las reglas de conducta, por el término de dos años, consistente en fijar residencia, no molestar a los damnificados, abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes -art. 27 bis del C. Penal Argentino-, y la obligación de continuar con el tratamiento psicológico-psiquiátrico iniciado en organismos del Estado, hasta la correspondiente alta médica.
La causa ingresó al Tribunal de Juicios en fecha 29 de octubre, y el 25 de noviembre se resolvió en forma definitiva. Dicha pena se encuentra firme, por haberse acordado entre las partes en la metodología de juicio abreviado y en base al nuevo procedimiento, publicó El Argentino.