Paraná La Justicia avaló sólo una multa

Local no emitió ticket por 416 pesos y la AFIP ordenó clausurarlo

Inspectores constaron que el local omitió entregar una factura por una consumición de 416 pesos. Impuso una multa y la clausura del local por cuatro días. La Justicia consideró que la sanción era "desproporcionada".
Un boliche de la zona del Thompson deberá pagar una multa por no emitir factura a un cliente, pero la justicia rechazó la pretensión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que también sea clausurado por cuatro días, tal como se había dispuesto en primera instancia.

En el país, la ley prevé que los comerciantes están obligados a expedir la factura o ticket por el servicio que prestan o el producto que venden cuando se trate de operaciones por montos superiores a 10 pesos; del mismo modo que los compradores también están obligados a exigirla, y la ley contempla sanciones para cualquiera que omita esa obligación. En resumen, lo que la norma establece es que no es excusa para nadie el hecho de que el proveedor no emita factura.

La infracción se constató en uno de los paradores del Thompson: el 18 de diciembre de 2013, inspectores de AFIP constataron que el boliche no habría emitido el ticket, factura o documento mediante controlador fiscal correspondiente a una consumición de 416 pesos. Por esa falta, el organismo recaudador dictó una resolución mediante la cual dispuso la clausura del local por cuatro días e impuso una multa de 5.000 pesos.

En realidad, tanto el juez de primera instancia como la Cámara Federal de Apelaciones dejaron en claro que no estaba en discusión "la materialidad de la infracción, esto es la falta de emisión de facturas o comprobantes equivalentes por operaciones comerciales, con las formas y requisitos establecidos por la AFIP", pero consideraron que la sanción impuesta por el organismo lucía "desproporcionada" y se dispuso el pago de una multa de 2.000 pesos, pero se dio marcha atrás con la clausura temporaria.

La decisión se tomó a partir de una apelación que hizo la empresa que regentea el boliche. La ley prevé que las decisiones administrativas pueden ser revisadas por la justicia y concede a los magistrados la facultad de "eximir parcialmente" de las sanciones que impone, en este caso, la AFIP. De hecho, en la ley se aclara que "la posibilidad de eximición de la sanción viene condicionada por la 'condición del contribuyente y la gravedad de la sanción'".

La empresa se encuentra inscripta desde noviembre de 2010 en el rubro "servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo" y la Municipalidad de Paraná le concedió la explotación de un parador en las Playas del Thompson, en el marco de un plan para la refuncionalización y puesta en valor del balneario, iniciado unos años antes, que incluyó la construcción de dos paradores playeros ?uno se hizo en 2004 y el otro quedó pendiente?, 40 bungalows, una guardería náutica, un atracadero deportivo y un faro mirador. La mayoría de esos proyectos no pasó de meros anuncios. Pero los paradores se construyeron, se licitaron y se concedió la explotación a dos empresas.

La inspección
La inspección en la que se detectó la infracción se produjo el 18 de diciembre de 2013 y era la primera constatada por AFIP, lo que también operó como argumento a favor de la empresa al momento de establecer una morigeración de la sanción. Si bien el comercio tiene la responsabilidad de la expedición de la factura o ticket, los jueces insistieron en que la sanción impuesta inicialmente por AFIP "aparece como desproporcionada frente a la gravedad del hecho".
Fuente: El Diario
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